350px|thumb|Ejemplo del uso correcto del término de facto y su contraposición de iure utilizando la realidad política de la isla de Chipre. De facto es una locución latina que significa literalmente «de hecho». Hace referencia a cualquier situación que acontece y es efectiva por la fuerza de las circunstancias y, especialmente en el contexto judicial y gubernamental, sin apoyarse expresamente en la ley (es decir, en el ordenamiento jurídico de un Estado). Se opone a de iure, que significa «de derecho».

Jurisprudencia y Derecho de facto En jurisprudencia, una ley de facto (también conocida como reglamento de facto) es aquélla que se ejerce efectivamente pero «no está específicamente enumerada por una ley». Por definición, de facto contrasta con de iure, que indica «según lo definido por la ley» o «como una cuestión de derecho». Por ejemplo, si una ley particular existe en una jurisdicción pero se sigue en otra donde no tiene efecto legal, entonces la ley podría considerarse una regulación de facto.

Una regulación de facto puede ser seguida por una organización como resultado del tamaño del mercado de la jurisdicción que impone la regulación como proporción del mercado general; donde la participación de mercado es tan grande que resulta en que la organización elija cumplir implementando un estándar de negocios con respecto a la ley de facto dada, en lugar de alterar los estándares entre diferentes jurisdicciones y mercados (por ejemplo, protección de datos, fabricación, etc.). La decisión de cumplir voluntariamente puede ser el resultado de un deseo de simplificar los procesos de fabricación y la rentabilidad, la demanda y las expectativas de los consumidores u otros factores conocidos solo por quien cumple.

En penas de prisión, el término cadena perpetua de facto (también conocida como cadena perpetua virtual) hace referencia a una condena de reclusión que no dura estrictamente hasta la muerte del reo, pero que es lo suficientemente larga para (probablemente) terminar después de que éste haya fallecido naturalmente; siendo, en el hecho, una pena de reclusión perpetua.

Gobierno y cultura

Idiomas nacionales Diversos Estados, entre ellos Australia, Japón, México, Reino Unido y Chile, poseen una lengua nacional de facto, sin contar con un idioma oficial reconocido de iure.

Algunos países presentan una coexistencia entre un idioma oficial y otro de facto. En el Líbano y Marruecos, el árabe constituye la lengua oficial del Estado (junto al amazig en el caso marroquí), mientras que el francés mantiene un estatus operativo y cultural de facto. En Nueva Zelanda, los idiomas oficiales son el maorí y el lenguaje de señas neozelandés, aunque el inglés funciona como tercera lengua nacional de facto debido a su predominio en la administración, la educación y los medios de comunicación.

El ruso desempeñó el rol de idioma oficial de facto tanto del gobierno central como de las repúblicas constituyentes de la Unión Soviética, sin haber sido declarado formalmente idioma estatal de iure hasta 1990. Una disposición legal promulgada el 24 de abril de ese año instituyó al ruso como único idioma oficial de iure de la Unión, antes de su disolución en 1991.

Gobernanza y soberanía

Un gobierno de facto se configura cuando la totalidad de los atributos de la soberanía son transferidos, mediante mecanismos de usurpación, desde las autoridades legítimamente investidas hacia otras, que, sostenidas por una estructura de poder extralegal, asumen la función y el ejercicio efectivo de la autoridad estatal.30 Am Jur 181. Law Dictionary, James A. Ballentine, Second Edition, 1948, p. 345.

En el ámbito político, un líder de facto es aquel que detenta el poder real sobre un Estado o región, independientemente de la legalidad o legitimidad de los medios por los cuales accedió al mando. Este término suele aplicarse a individuos que consolidan su autoridad mediante vías no constitucionales, frecuentemente tras el derrocamiento o debilitamiento de un régimen legítimo. Dichos líderes pueden carecer de cargo constitucional y ejercer su influencia a través de mecanismos informales de control político o militar.

No todos los dictadores son necesariamente gobernantes de facto. Por ejemplo, Augusto Pinochet en Chile asumió inicialmente como presidente de una junta militar, lo que lo convirtió en líder de facto del país; sin embargo, al modificar la Constitución y autoproclamarse presidente, adquirió el rango de gobernante de iure. De manera similar, el dominio político de Sadam Huseín en Irak se consolidó antes de su elección formal en 1979, cuando, desde la vicepresidencia, ejercía una autoridad sustantiva sobre el anciano presidente Ahmed Hasán al Bakr.

Análogamente, no necesariamente los gobiernos de facto emplean siempre medios violentos (represión, persecución ideológica, tortura sistemática, terrorismo de Estado, etc.) para sustentar su poder y dominio sobre la población civil, aunque es un recurso comúnmente utilizado ante la ausencia de vías constitucionales al efecto.

En Argentina, los sucesivos golpes militares que interrumpieron el orden constitucional establecieron gobiernos de facto en 1930-1932, 1943-1946, 1955-1958, 1966-1973 y 1976-1983, siendo este último el único que concentró los poderes del Congreso Nacional en la figura presidencial. El análisis jurídico derivado de tales procesos dio origen a la doctrina de los gobiernos de facto, un principio jurisprudencial que reconocía la validez transitoria de los actos de dichos gobiernos, aun careciendo de legitimidad formal, hasta su derogación o sustitución por un régimen legítimo posterior.

Dicha doctrina fue derogada por la reforma constitucional de 1994. El artículo 36 dispone:

Ejemplos paradigmáticos de líderes de facto incluyen a Deng Xiaoping en la República Popular China, quien ejerció el liderazgo real del Estado entre 1978 y 1992 pese a no ocupar formalmente el cargo de jefe de Estado, y al general Manuel Noriega en Panamá, quienes ejercieron poder efectivo sobre sus respectivos Estados sin poseer autoridad constitucional formal.

Asimismo, existen casos en los cuales la autoridad de facto se ejerce indirectamente, mediante la influencia determinante sobre el gobernante legítimo, fenómeno frecuente en las monarquías. Ejemplos históricos de tales figuras son la emperatriz viuda Cixí de la China, el príncipe Aleksandr Ménshikov (por su relación con la emperatriz Catalina I de Rusia), el cardenal Richelieu de Francia (por Luis XIII), la reina Isabel Farnesio (por Felipe V) y la reina María Carolina de Borbón-Dos Sicilias (por Fernando I de las Dos Sicilias).

Referencias

Enlaces externos

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