thumb|La ley, representada en un mosaico de Frederick Dielman en la Biblioteca del Congreso de Estados Unidos, con una completa iconografía: sentada en un trono, lleva en una mano la palma (que simboliza el premio) y en otra la espada (que simboliza el castigo). Sobre su pecho lleva la égida de Minerva-Atenea (que simboliza la justicia y la sabiduría). El imperio de la ley es un concepto jurídico-político de definición formal no unívoca,Carlos A Echeverry, , pg. 206 y ss.: pero que generalmente se entiende en el sentido de la primacía de la ley sobre cualquier otro principio gubernativo, especialmente contra la tiranía y la arbitrariedad del poder político —«El Estado soy yo»—, incluso aunque fueran bienintencionadas —principio de razón de Estado, opuesto a las máximas romanas dura lex, sed lex o fiat iustitia, et pereat mundus—.Otras máximas similares son fiat iustitia y fiat iustitia ruat caelum atribuidas esta última a Lucio Calpurnio Pisón Cesonino y a Cneo Calpurnio Pisón. "The Position and Duties of the Merchant: Address Before the Mercantile Library Association of Boston, Nov. 13, 1854." in The Works of Charles Sumner, Volume III, Boston: Lee and Shephard, 1875, p. 507 (fuente citada sobre fiat justitia ruat caelum). Immanuel Kant, Paz Perpetua, 1795 (fuente citada sobre fiat iustitia, et pereat mundus). Black, Henry Campbell (1995). A law dictionary containing definitions of the terms and phrases of American and English jurisprudence, ancient and modern (2nd, reprint ed.). The Lawbook Exchange. p. 404. ISBN 1-886363-10-2 (fuente citada en fiat justitia). Véase también Tópico literario#Expresiones judiciales. En cierto sentido, el concepto de imperio de la ley es similar al concepto helénico nomos basileus (‘la ley es el rey’) o al anglosajón rule of law, pero no debe confundirse con otros, como los germánicos Rechtsstaat —Estado de derecho—,El concepto hispano está estrechamente ligado al desarrollo de la tradición legal europea. Sin embargo, las concepciones en diversas culturas nacionales, a pesar de tener significados similares, no son equivalentes. Así, por ejemplo, una traducción literal de la frase en su uso jurídico llevaría rule of law, primauté du droit, vorrang des Recht, supremazia della legge, etc. -todas esas palabras de uso común en diferentes legislaturas- Sin embargo, en ciencias políticas la traducción más común sería rechtsstaat, état de droit, stato costituzionale di diritto, o, de nuevo, rule of law. y Verfassungsstaat —Estado constitucional de derecho—, con el principio de legalidad o con los conceptos de legitimidad, legalidad, cultura de la legalidad, gobernanza, etc.

El imperio de la ley ha sido descrito como un principio meta-jurídico o un ideal ético-político.Laporta en "Imperio de la ley - paradigma bajo presión" p 142 y anteriores

Una denominación etimológicamente equivalente sería nomocracia.Jorge Márquez Muñoz: “Desde el nemo de legibus solutus hasta la expansión y densificación actual de la regulación legal de los derechos, el despliegue del rule of law ha ido decantando uno de los bienes políticos más básicos heredado tanto de la tradición republicana como de la liberal. La nomocracia habilita el control jurídico del poder y un marco de garantías frente a cualquiera que da al ciudadano certidumbre, seguridad y predictibilidad” en Entendido como principio o supremacía constitucional, el imperio de la ley significa la sujeción de la acción estatal a una regla o ley fundamental: la Constitución.

Tal concepto o principio regula el ordenamiento jurídico de un país o sociedad; y, a pesar de que se aplica especialmente al Estado y sus funcionarios, se entiende que debe ser de observación general, seguido por todos.James L. Gibson y Amanda Gouws, El apoyo al imperio de la ley en la joven democracia sudafricana:

Concepto anglosajón de rule of law La tradición anglosajona se remonta a la mitificada Carta Magna de 1215, y a la jurisprudencia acumulada durante siglos, como este texto del juez Henry de Bracton (ca. 1250):

No obstante, su más acabada formulación es propia del sistema político de la Revolución inglesa construido sobre el Bill of Rights de 1689. Su sentido era la limitación del poder del rey, garantizando el poder legislativo del Parlamento inglés.I. Serrano: BILL OF RIGTHS (1689) La fascinación que este sistema produjo en Montesquieu y los pensadores políticos franceses del (que vivían en una monarquía absoluta), llevó a la formulación del principio de separación de poderes, que se procuró explícitamente aplicar a los sistemas políticos revolucionarios construidos a partir de la Independencia de los Estados Unidos (1776) y de la Revolución francesa (1789).

En el Reino Unido, esa tradición evolucionó lentamente al concepto actual de rule of law (expresión traducible por "regla" o "gobierno de la ley" o "del Derecho") por influencia de la búsqueda generalizada de normas “naturales” y generales, propia de la época victoriana. Así, por ejemplo, George Campbell -duque de Argyll- publicó en 1867 su The Reign of Law. Estas tentativas, en general, eran proyectos filosóficos que pretendían fundar el sistema jurídico en la ley natural:

Esa tendencia culminó con la obra de Albert Dicey (Study of the Law of the Constitution, 1885), a quien se considera el formulador definitivo de la concepción actual del principio de rule of law. Según él, esa regla está constituida por tres principios: Todos son iguales ante la ley. Nadie puede ser sancionado a menos que haya un claro quebrantamiento de la ley. Ningún conjunto de leyes está por encima de los tribunales. Los dos primeros principios son fácilmente equiparables en el derecho comparado (igualdad ante la ley y principio de legalidad). Sin embargo el tercero -basado en una peculiaridad de la legislación inglesa- es un punto controvertido, pues niega a la Constitución ese papel fundamental de ley básica, por encima de todos, incluyendo los jueces, que generalmente se le otorga en las demás.

En la actualidad el concepto tiene un significado más general. Según el diccionario jurídico Black’s (de uso extensivo en el sistema judicial inglés):

Generalmente se acepta que esa máxima -como principio gubernativo- busca resguardar los derechos de los ciudadanos contra un posible abuso del poder gubernamental en la medida que todos -gobierno incluido- están sujetos a la misma ley.

Así por ejemplo el gobierno de Canadá define así la primauté du droit:

De acuerdo con el Rule of Law IndexRule of Law Index (en inglés, idioma no oficial). publicado anualmente por el proyecto mundial de justicia (World Justice Project),World Justice Project (en inglés, idioma no oficial). el imperio de la ley incluye tanto elementos procesales como sustantivos, tal como la protección de derechos fundamentales de los ciudadanos.

Se ha argumentado que la rule of law es una condición necesaria pero no suficiente para la existencia de la democracia; o que la rule of law no implica que la ley sea justa. En efecto, para que exista rule of law basta con que la ley -cualquiera sea- sea observada. Esto no es solo una cuestión de puntillismo legal sino uno de gran importancia jurídico política, en que el sistema inglés está experimentando, en la primera década del , tensiones (bajo la influencia de la Guerra contra el terrorismo) que se están manifestando en la socavación de algunos derechos tradicionales.

Esos temas han sido explorados por Lord Bingham, Senior Law Lord,Es difícil traducir el titulo en forma correcta. Significa algo así como Director de Jueces de Corte Suprema quien sugiere como solución la introducción de una "Constitución formal" al sistema inglés:

Desde esa perspectiva, Bingham percibe como de gran importancia la introducción a la legislación inglesa de la Convención Europea de Derechos Humanos.

Otras tradiciones Los primeros teóricos no ingleses del concepto de "imperio de la ley" buscaron -bajo la influencia de ideas liberales y republicanas- restringir el poder del Estado a fin de evitar abusos del poder estatal contra el ciudadano y sus derechos existentes en el estado absolutista. Según Hans Reichel en el Estado absolutista:

Según Martínez M, en el régimen absolutista existía la institución de la "justicia retenida", que permitía al monarca modificar o eliminar, a su arbitrio, las decisiones judiciales. Elías Díaz afirma:

Entre los autores que promovieron esta nueva visión originalmente se encuentran Montesquieu -quien argumentaba en favor de una Constitución y la separación y el equilibrio de poderes-, RousseauRousseau en una carta al marqués de Mirabeau le dice: "he aquí entre mis viejas ideas, el gran problema de la política, que yo comparo al de la cuadratura del círculo en geometría.: encontrar una forma de gobierno que ponga la ley por encima del hombre" citado por en. http://www.analitica.com/vas/1999.02.2/articulos/03.htm y Paul Johann Anselm von Feuerbach, quien trasladó el principio a la esfera legal, argumentando que no solo el gobierno sino las instituciones jurídicas deben ser ineludiblemente coactivas, teniendo para ello la habilidad de recurrir a la coerción física a fin de proteger e imponer la ley. Feuerbach introdujo la frase Nullum crimen, nulla poena sine praevia lege, considerada en algunas jurisdicciones el equivalente del Principio de legalidad en derecho penal (por ejemplo, el concepto francés de Principe de légalité en droit pénal).

Uno de los primeros en utilizar esos conceptos de manera práctica fue John Adams quien en 1780 articuló el principio de separación de poderes en la Constitución del Estado de Massachusetts a fin lograr un “gobierno de las leyes y no de los hombres";J Adams et al, en Constitution of State of Massachusetts Primera parte, articulo XXX que puede considerarse el inicio de la tradición del constitucionalismo estadounidense.

En la tradición hispanoamericana, el concepto ya era conocido a principios del . Así, por ejemplo, Francisco de Miranda escribe en 1808:

Pero eso sugiere un problema fundamental: ¿qué constitución y qué leyes? ¿de qué origen y legitimidad?. En el sistema anterior había una multitud de fuentes legales: la tradición, la religión, las costumbres y el racionamiento de juristas y -quizás más importante- la voluntad de los monarcas, quienes tenían el derecho absoluto no solo a instaurar o derogar leyes sino también de instaurar o remover jueces y tribunales. En el nuevo sistema la fuente es “la voluntad ciudadana”;Según Raymond Carré de Malberg, las leyes constitucionales de 1875 están inspiradas en un principio fundamental del Derecho público francés heredado de la Revolución, y que es el que recoge el art. 6º de la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, que definía a la ley como expresión de la voluntad general. El reconocimiento de que «la loi est l'expression de la volonté générale» Carré de Malberg citado en http://www.eumed.net/tesis/2007/jlp/introduccion1.htm pero por lo menos la tradición, la costumbre y las opiniones razonadas de los juristas, filósofos y políticos se pueden llamar representaciones de la voluntad ciudadana.

Friedrich Karl von Savigny sugiere la figura del jurista (en su doble sentido de legislador y juez) como creador del Derecho. Solo ellos pueden reflejar y evaluar la tradición popular y la costumbre, seno originario del Derecho, combinándola con “principios rectores” generales (derivados de la doctrina y la jurisprudencia). Aun cuando un código general (Constitución) exista, este debe ser complementado y adaptado a la realidad del momento por los juristas.Tomàs Montagut et al: Història del pensament jurídic Para Savigny el estudio del derecho es una ciencia, y como tal, algo que requiere especialización. El estudio histórico de las leyes es una precondición esencial para la comprensión del derecho.