Los Espacios Naturales Protegidos en España hacen referencia a aquellos espacios del territorio nacional, las aguas continentales y las aguas marítimas bajo soberanía o jurisdicción nacional que, por sus características, hayan sido declaradados como tales según la Ley 879669878906784696 del Patrimonio Natural y la Biodiversidad.

Introducción miniatura|El Naranjo de Bulnes, en el parque nacional de Picos de Europa. Primer espacio natural protegido de España, nacido el 24 de julio de 1918 bajo la denominación de parque nacional de la Montaña de Covadonga. Se encuentra repartido entre Asturias, Cantabria y Castilla y León. El concepto de Espacio Natural Protegido es dinámico y está sujeto a una continua evolución. Surgen como respuesta a un movimiento internacional conservacionista que dio comienzo en Estados Unidos, con la declaración de Yellowstone como parque nacional en el año 1872. Las líneas de pensamiento detrás de estas figuras de protección han ido variando a lo largo de los años y así se ha ido reflejando en el carácter jurídico de las mismas. Para poder discutir este concepto es necesario definir en primer lugar qué es un espacio natural. Normalmente se piensa en los espacios naturales como áreas que no han sido modificadas por el ser humano. Sin embargo, la acción humana se ha hecho notar en todos los ecosistemas del planeta. Por este motivo, se suele definir al espacio natural como un área cuyos ecosistemas no han sufrido modificaciones significativas por causas humanas. Cabe destacar que esta definición es bastante ambigua y puede estar sujeta a discusión si se utiliza para estudiar casos específicos.

A la hora de proteger un espacio natural es imprescindible resolver tres cuestiones. En primer lugar, se deben definir los requisitos o características que debe reunir un espacio natural y que demuestren la necesidad de su protección (por qué se protege). En segundo lugar, se requiere establecer las medidas o instrumentos que se deben utilizar para hacer efectiva la protección (cómo se protege). Por último, es necesario discutir las finalidades que persigue la declaración de un espacio natural protegido (qué se protege y para qué).

Los dos puntos anteriores dan una idea de las complicaciones que envuelve la protección de espacios naturales. El reto es todavía mayor si se tiene en cuenta que esta protección debe hacerse de forma planificada y sistémica a lo largo y ancho de un país o región.

A lo largo de la historia reciente, la concepción de los espacios naturales protegidos ha ido evolucionando constantemente. Las primeras ideas sobre la protección de espacios naturales se centraban en el aislamiento de extensiones de naturaleza para preservarlas de la acción humana. En contraste, actualmente se persigue una idea de espacio protegido que integre los ecosistemas naturales con la sociedad humana, poniendo el foco en una conservación más activa y participativa.

Evolución histórica de los Espacios Naturales Protegidos Origen y contexto mundial El nacimiento y consolidación de los primeros espacios naturales protegidos se dio durante el , en Estados Unidos, cuando el presidente Abraham Lincoln creó la primera reserva natural Yosemite y en 1872 el primer parque nacional del mundo Yellowstone. Las finalidades de estos espacios eran puramente estéticas y de recreo, así como y para proteger la naturaleza virgen frente al frenético crecimiento de la población. Siguiendo estas ideas se empezaron a declarar parques naturales en otros países como Australia (Royal National Park), Canadá (Banff) y Nueva Zelanda. Sin embargo, Europa no entró en estas dinámicas hasta el , cuando los primeros Parques Nacionales fueron declarados en Suecia que, tras aprobar la Ley sobre los Parques Nacionales, abrió nueve (Abisko, Garphyttan, Hamra, Pieljekaise, Sarek, Great Falls, Sonfjället y parte de Ängsö y Gotska Sandön).

Tras esta primera etapa comenzó una nueva caracterizada por el desarrollo del sistema de espacios naturales protegidos, con la que se crearon nuevas figuras y se dio un gran crecimiento de la superficie protegida a nivel mundial, de un 1% a un 89% aproximadamente. Estuvo muy marcada por la Cumbre de Río de Janeiro y en ella se ampliaron las finalidades de estas figuras a otras más conocidas en la actualidad como la protección y conservación o la investigación científica, histórica, cultural, educativa y económica. En la actualidad, el mayor objetivo de los espacios naturales protegidos es conseguir que se desarrollen de forma sostenible y que la superficie global protegida siga aumentando.

Antes de 1936 miniatura|Alfonso XIII en 1918, en el recién creado parque nacional de la Montaña de Covadonga. En España, existen dos precedentes significativos que explican la conservación de espacios naturales en momentos anteriores al . Uno de ellos son los cotos de caza propiedad de la monarquía, conocidos como Reales Sitios, que se han preservado hasta la actualidad como importantes áreas naturales. Ejemplos de ello son el Monte de El Pardo o los Montes de Valsaín. El segundo precedente es el Catálogo de Montes de Utilidad Pública, formado por bosques que recibieron un tratamiento especial tras las desamortizaciones del .

Los espacios naturales protegidos se incluyeron en la legislación española por primera vez en el año 1916, por medio de la ley de 7 de diciembre de 1916, de Parques Nacionales de España. Esta ley era muy breve (constaba únicamente de 3 artículos) y definía de forma vaga las características que debían tener los espacios naturales para poder convertirse en parques nacionales. Además, establecía el deber del Estado de facilitar el acceso a los parques nacionales por vías de comunicación adecuadas. A pesar de su brevedad y carácter general, esta ley fue pionera a nivel europeo y tenía entre sus objetivos evitar el deterioro por la acción humana de los entornos naturales. Esta ley se basaba en una perspectiva paisajística, es decir, estaba enfocada en los aspectos estéticos del entorno.

El Real Decreto de 23 de febrero de 1917, concerniente a Parques y Sitios nacionales, puso las bases para el desarrollo de las políticas de conservación de la época. En él, se definieron de forma más específica las características que debían tener los espacios naturales protegidos por ley, aunque seguían sin establecerse criterios unificados de protección para todos los espacios. De esta manera, las propuestas de protección basadas en este Real Decreto y en la ley anterior se examinaban por separado, sin atender a una estrategia de gestión coordinada del conjunto de espacios protegidos. Otro de los aspectos a destacar del Real Decreto es la relación que establecía entre el patrimonio natural (flora, fauna, geología…) y el patrimonio histórico y cultural. Además, el texto se hacía eco del crecimiento del turismo y de las asociaciones de excursionismo, lo que mostraba el interés creciente de la sociedad de la época por la naturaleza. En este Real Decreto también se hacía referencia al valor recreativo de los espacios naturales y a los beneficios psicológicos de la interacción con la naturaleza. Con esta norma, se creó una nueva figura de protección, el Sitio Nacional, como alternativa más flexible y modesta a la figura de parque nacional. Además, se creó la Junta Central de Parques Nacionales. miniatura|Parque nacional de Ordesa., declarado el 16 de agosto de 1918 mediante el Real Decreto 16-08-1918 con el nombre de «Valle de Ordesa». Los primeros parques nacionales españoles se fundaron en el año 1918. El 22 de julio se creó mediante una ley el parque nacional de la Montaña de Covadonga, y el 16 de agosto se constituyó el parque nacional de Ordesa por medio de un Real Decreto. Después de la creación de estos parques nacionales, hubo peticiones para la creación de otros nuevos (por ejemplo, en la sierra de Guadarrama). Sin embargo, estos proyectos no dieron sus frutos porque los dos parques nacionales ya fundados se tuvieron que enfrentar a dificultades económicas por conflictos surgidos con los propietarios privados de la zona. La magnitud de estos conflictos fue tal, que se desincentivó la creación de nuevos parques nacionales debido a la inviabilidad económica de la expropiación, especialmente en espacios con un alto porcentaje de tierras de titularidad privada.

La Real Orden de 15 de julio de 1927, para la declaración de parque o sitio nacional, en cumplimiento de la ley de 7 de diciembre de 1916, estableció dos nuevas figuras en sustitución de los sitios nacionales: el Sitio Natural de Interés Nacional y el Monumento Natural de Interés Nacional. El objetivo de estas figuras era distinguir lugares con importancia para la conservación, sin menoscabar el valor superior de los parques nacionales. Además, se pretendía aplacar a las voces conservacionistas de la sociedad que pedían un mayor nivel de implicación del Estado en la conservación de espacios naturales. Desde el año 1927 y hasta 1936, año de comienzo de la Guerra Civil, se crearon 14 Sitios Naturales y un Monumento Natural, repartidos por el territorio nacional y abarcando todo tipo de ecosistemas.

Guerra Civil y franquismo (1936-1974) miniatura|El parque nacional del Teide, en Canarias, creado en 22 de enero de 1954. Los años de la Guerra Civil y la posguerra dejaron un vacío sustancial en cuanto a la protección de espacios naturales. Hasta mediados de la década de 1950 no se retomó la creación de nuevos parques nacionales. En menos de dos años, entre 1954 y 1955, se crearon mediante decreto tres parques nacionales: el parque nacional de El Teide (22 de enero de 1954), el parque nacional de la Caldera de Taburiente (6 de junio de 1954) y el parque nacional de Aigüestortes y Estany de Sant Maurici (21 de octubre de 1955). El análisis de estas declaraciones es importante por varias cuestiones. En primer lugar, las declaraciones se basaron en la ley de 1916, vigente desde hacía 38 años. Además, en la declaración de El Teide se hacía referencia a la excepcionalidad que debía suponer el hecho de declarar un espacio como parque nacional, lo que da a entender que la conservación de espacios naturales no ocupaba una alta prioridad. Por otra parte, dos de los parques nacionales (El Teide y la Caldera de Taburiente) se encontraban en una región con características ecológicas similares. Teniendo en cuenta que la intención inicial en las décadas de 1910-1920 era la creación de parques nacionales que representaran la naturaleza española en su totalidad, la declaración de dos parques nacionales en un mismo archipiélago rompía con este esquema. Estas dos declaraciones se entienden como una estrategia del régimen franquista de atraer a visitantes internacionales (especialmente del norte de Europa), que, atraídos por las características naturales de Canarias, veían como un incentivo la presencia de parques nacionales. miniatura|El Parque nacional y natural de Doñana, situado en las provincias de Huelva, Sevilla y Cádiz (Andalucía), creado el 16 de octubre de 1969.