miniaturadeimagen|350px|Vista aérea del campo de hielo Patagónico Sur El litigio del campo de hielo patagónico sur es un diferendo limítrofe entre la Argentina y Chile sobre el trazado de la línea fronteriza entre ambos países sobre el campo de hielo Patagónico Sur, una gran extensión de glaciares situada en los Andes patagónicos, que constituye el mayor campo de hielo de carácter continental no polar y con acceso terrestre. Se lo denomina hielos continentales en Argentina y campo de hielo sur en Chile, para diferenciarlo del campo de hielo norte. En la actualidad, la frontera argentino-chilena en dicho sector aún continua pendiente ser definida, según el acuerdo de 1998 entre ambos países, que, entre otras cosas, obliga a dejar un recuadro con la leyenda de límite pendiente en la cartografía de ambos países. La frontera original fue definida 100 años antes, el 1 de octubre de 1898, por peritos de ambos países.
Historia Delimitación 250px|miniaturadeimagen|Mapa del laudo de 1902 entre Argentina y Chile en la zona del Campo de Hielo Patagónico Sur (la cual no se vio afectada por el laudo). miniaturadeimagen|Mapa argentino de 1912 mostrando hitos del límite histórico acordados por los peritos de Argentina y Chile, Fitz Roy, Huemul, Campana, Agassiz, Heim, Mayo y Stokes. El área fue delimitada mediante el Tratado de 1881 entre Argentina y Chile:
El 20 de agosto de 1888 se suscribió un convenio para llevar a cabo la demarcación de los límites de acuerdo al tratado de 1881, nombrándose a los peritos Diego Barros Arana por Chile y Octavio Pico Burgess por la Argentina. En 1892 Barros Arana expuso su tesis según la cual el Tratado de 1881 había fijado el límite en el divortium aquarum continental, lo que fue rechazado por el perito argentino.
Los expertos han demostrado que siempre es conveniente tomar como apoyo del límite la montaña y no la divisoria de aguas. Rey Balmaceda relata una anécdota del Perito Moreno, quien desvió el curso del río Fénix, con la ayuda de una cuadrilla de peones, para que este dejara de dirigirse al Pacífico y pasara a engrosar las aguas del río Deseado. Con esto Moreno quería demostrar que la verdadera base para trazar una línea sólida y eficiente son las montañas y no el curso de las aguas.
Debido a que surgieron diferencias en varios puntos de la frontera en la que los peritos no se pusieron de acuerdo, la demarcación se suspendió en febrero de 1892, hasta que se suscribió el Protocolo de Límites de 1893, que en su artículo 1 dispone:
Este protocolo reviste especial importancia, pues el retroceso de los glaciares podría permitir que fiordos del Pacífico penetraran en territorio argentino.
En enero de 1894 el perito chileno declaró que entendía que el encadenamiento principal de los Andes era la línea no interrumpida de cumbres que dividen las aguas y que forman la separación de las hoyas o regiones hidrográficas tributarias del Atlántico por el oriente y del Pacífico por el occidente. El perito argentino Norberto Quirno Costa (reemplazante de Pico) respondió que ellos no tenían facultades para definir que significaba encadenamiento principal de los Andes ya que sólo eran demarcadores.
En abril de 1896 se firmó el Acuerdo para facilitar las operaciones de deslinde territorial, que designó al monarca británico para laudar en caso de desacuerdos.
250px|miniaturadeimagen|Límite en base a los hitos de 1898 fijados por los peritos en el Campo de Hielo Patagónico Sur En el acta de 1 de octubre de 1898, firmada por Barros Arana y Francisco Pascasio Moreno (reemplazante de Quirno Costa, quien renunció en septiembre de 1896) y por sus ayudantes Clemente Onelli (argentino) y Alejandro Bertrand (chileno), los peritos:
En el mapa adjunto, el punto 331 es el monte Fitz Roy y el 332, el monte Stokes, quedando acordado ambos como hitos fronterizos, aunque el primero no se encuentra sobre la divisoria de aguas y fue tomado como un hito natural. Como los peritos no accedieron a la zona, establecieron la salvedad de que si el principio geográfico no corría por donde ellos habían supuesto que corría, podía haber modificaciones.Hielos Continentales. ¿Una cuestión de límites o de demarcación? Por Susana Gallardo
Al no ponerse de acuerdo los peritos sobre distintos trechos de la frontera, se decidió en 1898 recurrir al artículo VI párrafo 2 del Tratado de Límites de 1881 y solicitar a la reina Victoria del Reino Unido una sentencia arbitral en la cuestión, quien designó tres jueces británicos. En 1901 uno de los jueces, el coronel Thomas Holdich, viajó a estudiar las zonas en litigio.Acuerdo sobre los hielos continentales: razones para su aprobación. Escrito por Carlos Leonardo de la Rosa. Publicado por Ediciones Jurídicas Cuyo, 1998. ISBN 950-9099-67-8, 9789509099678
El gobierno argentino sostuvo que el límite debía ser esencialmente una frontera orográfica por las más altas cumbres de la cordillera de los Andes y el gobierno chileno sostuvo la divisoria continental de aguas. El tribunal consideró que el lenguaje del tratado de 1881 y del protocolo de 1893 era ambiguo y susceptible de varias interpretaciones, siendo irreconciliables las dos posiciones.
El 20 de mayo de 1902 dictó el rey Eduardo VII la sentencia que dividía los territorios de las cuatro secciones en disputa dentro de los límites definidos por las reclamaciones extremas en ambos lados y designaba un oficial británico para que demarcara cada sección en el verano de 1903. El laudo no se expidió sobre el campo de hielos, pues en su artículo III sentenció:
El laudo consideró así que en esa zona las altas cumbres son divisorias de aguas y por lo tanto no había disputa. Desde 1898 la demarcación del límite de acuerdo a las actas en el campo de hielo, entre los dos montes señalados, se definió sobre los siguientes hitos montañosos y su continuidad natural: Fitz Roy, Torre, Huemul, Campana, Agassiz, Heim, Mayo y Stokes. En 1916 el cordón Mariano Moreno fue visitado por una expedición y bautizado como tal, sin embargo, Francisco Pascasio Moreno ya conocía de su existencia desde antes.
+ Hitos fijados en las actas de los peritos en 1898,y la ubicación en la que los entendieron Hito Coordenadas (GMS) Coordenadas (decimales) Fitz Roy 49°16′17.02″ S, 73°02′36.80″ O Huemul 49°25′21.59″ S, 73°02′08.57″ O Campana 49°42′42.38″ S, 73°10′56.81″ O Agassiz 49°57′34.19″ S, 73°27′16.71″ O Heim 50°09′49.55″ S, 73°22′12.64″ O Mayo 2380 50°20′35.25″ S, 73°19′16.45″ O Stokes (actual Cervantes) 50°34′12.17″ S, 73°08′47.92″ O
Demarcación 300px|miniaturadeimagen|Disputa territorial entre Chile y Argentina sobre el Campo de hielo Patagónico Sur antes de 1994 [
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] En 1941 se firmó el protocolo relativo a la reposición de hitos en la frontera argentino chilena, creando la Comisión Mixta de Límites (COMIX), formada por técnicos de ambos países. Esos técnicos deben encargarse de la demarcación de la frontera sobre la base de los criterios establecidos por el tratado de 1881 y el protocolo de 1893.
El 29 de agosto de 1990 los presidentes Carlos Saúl Menem y Patricio Aylwin suscribieron la Declaración de Santiago, en la cual se instruyó a la Comisión Mixta de Límites para acelerar los trabajos de demarcación y emitir un informe sobre las cuestiones pendientes de demarcación.
El 12 de septiembre de 1990, la Comisión Mixta, a través del Acta N.º 132 definió los 24 puntos que faltaban demarcar en la frontera. El 10 y el 12 de febrero la Comisión se reunió en Punta Arenas, logrando resolver 22 de las 24 áreas sin demarcar.
En Chile se adujo posteriormente que los peritos identificaron en 1898 como cumbres intermedias entre los cerros Fitz Roy y Stokes a: Torre, Huemul, Campana, Murallón, Agassiz, Bolados, Peineta y Mayo. El Stokes de 1898 fue considerado para ser el Cervantes. Dando carácter definitivo a lo que ellos vieron de acuerdo a las técnicas y conocimientos de su época. Con una carta del Instituto Geográfico Militar de 1972 a escala 1:50.000, determinaron que la línea debía ser trazada desde el Fitz Roy por: cordón Adela (cerros Torre, Ñato y Grande), Doblado, Huemul, Campana, Murallón, Cono, Agassiz, Bertrand (Oasis), Bolados, Peineta, Mayo, Cervantes, cordón Piedrabuena, Cubo y de allí al Daudet.
En la Argentina se adujo que la demarcación debía hacerse por las más altas cumbres que dividan aguas, de acuerdo a lo acordado en 1881 y con las técnicas más modernas disponibles para determinarlo. Tomando como referencia 6 cartas del Instituto Geográfico Nacional confeccionadas entre 1981 y 1991 a escala 1:100.000, determinaron que la línea debía ser trazada desde el Fitz Roy hasta un punto sobre el cordón Mariano Moreno, desde donde se sigue el criterio de las altas cumbres divisorias de aguas por los cerros: Murallón, Torino Este, Roma, Bolados, Onelli Central, un pico de 2.130 m, Cordón Malaspina, los dos cerros Inmaculados, cordón Dos Codos, cordón Pietrobelli, un cerro del cordón Piedrabuena, Cubo y Stokes.
Los cerros Murallón y Bolados eran los dos únicos puntos en común de ambas trazas pretendidas.
El 2 de agosto de 1991 los presidentes Menem y Aylwin firmaron un acuerdo para trazar una línea poligonal para dividir equitativamente el territorio en disputa desde el cerro Fitz Roy hasta el monte Stokes, dejando de lado lo acordado en 1881 y 1893.
La poligonal comenzaba en el Fitz Roy, seguía en línea recta hacia el oeste hasta un punto innominado (2584 m de altura), luego atravesaba el glaciar Viedma hasta el cerro Puntudo y continuaba por los cerros Capitán Muñoz, Torino Este, Roma, Tomek, Inmaculado, Dos Picos, Teniente Feilberg, Gemelos, otro cerro al oeste, Stokes y Daudet. Todos los puntos quedaban unidos por líneas rectas.
En su presentación al congreso del 27 de febrero de 1992, el ministro argentino Guido Di Tella argumentó que la poligonal se había acordado por la imposibilidad geofísica para determinar donde están las altas cumbres que dividen aguas.
La poligonal no fue aceptada por los Congresos de los dos países. En la Argentina se alegó la pérdida de 1057 km² del Parque nacional Los Glaciares y en Chile se alegó la pérdida de 1238 km² del Parque nacional Bernardo O'Higgins en caso de aprobarse la línea.
miniaturadeimagen|El fallo convirtió al Circo de los Altares en el único acceso de Chile al Monte Fitz Roy. En 1994 se resolvió la disputa de la Laguna del Desierto que involucraba parte del territorio del campo de hielo, un tribunal internacional adjudicó casi la totalidad de la zona a Argentina. Tras una apelación denegada en 1995, Chile aceptó el laudo. Desde entonces, Chile cuenta con un pequeño corredor de acceso al Monte Fitz Roy y el Paso Marconi fue definido como paso fronterizo internacional.
Acuerdo miniaturadeimagen|300px|En este mapa se muestra la sección A y B del acuerdo. miniaturadeimagen|300px|La zona de laguna Escondida es un punto en donde el límite quedaría de tal forma en que Argentina está a 8 kilómetros del seno Andrew del océano Pacífico. El 16 de diciembre de 1998 se firmó el Acuerdo para precisar el recorrido del límite desde el Monte Fitz Roy hasta el Cerro Daudet para reemplazar la poligonal propuesta. El acuerdo mantiene lo firmado en el Tratado de 1881, altas cumbres que dividen aguas y se respeta la divisoria continental de aguas, excepto en algunos sectores en donde se trazan rectas. También se mantiene el acceso para Chile al monte Fitz Roy, y para la Argentina al monte Stokes.
El territorio alcanzado por el Acuerdo se divide en dos sectores: