La sublevación de Cataluña, revuelta de los catalanes, guerra de Cataluña o guerra de los Segadores () afectó a gran parte de Cataluña entre los años 1640 y 1652 y llegó a su fin en 1659. Tuvo como efecto más duradero la firma del Tratado de los Pirineos entre la monarquía española y la francesa, por el que el condado del Rosellón y la mitad del condado de Cerdaña, hasta aquel momento partes integrantes del principado de Cataluña, uno de los territorios de España, pasaron a la soberanía del Reino de Francia.

La sublevación comienza con el Corpus de Sangre del 7 de junio de 1640, explosión de violencia en Barcelona (cuyo hecho más trascendente es el asesinato del conde de Santa Coloma, noble catalán y virrey de Cataluña) protagonizada por campesinos y segadores que se sublevaron debido a los abusos cometidos por el ejército real, compuesto por mercenarios de diversas procedencias, desplegado en el Principado a causa de la guerra con la Monarquía de Francia, enmarcada dentro de la guerra de los Treinta Años (1618-1648).

Los sublevados justificaron la rebelión principalmente con argumentos religiosos, acusando al Ejército Real de haber cometido sacrilegios. Se acusó, de modo especial, al tercio mandado por el napolitano Leonardo Molas de haber robado e incendiado la iglesia de Riudarenas con el Santísimo Sacramento. Polemistas de la época como Francisco de Quevedo o Pedro Calderón de la Barca (que fue uno de los soldados allí acantonados) negaron esta imputación, afirmando que nada tenía que ver la rebelión de los catalanes con la defensa de la religión, pues los Tercios combatían por ella, y que el origen del conflicto había sido la negativa de los paisanos a dar alojamiento a los soldados.

Antecedentes

La «decadencia» de Castilla y la crisis de la hacienda real A principios del , la situación de Castilla —de donde hasta entonces habían salido los hombres y los impuestos que necesitaron Carlos I y Felipe II para su política hegemónica en Europa— ya no era la misma que la del siglo anterior. Como ha señalado Joseph Pérez, Castilla "se hallaba exhausta, arruinada, agobiada después de un siglo de guerras casi continuas. Su población había mermado en proporción alarmante; su economía se venía abajo; las flotas de Indias que llevaban la plata a España llegaban muchas veces tarde y las remesas tampoco eran las de antes".

La difícil situación de Castilla y la caída de las remesas de metales preciosos de las Indias tuvo una repercusión inmediata en los ingresos de la Hacienda real, cuya crisis se vio agravada en 1618 cuando comenzó la que sería llamada guerra de los Treinta Años y cuando en 1621 expiró la Tregua de los Doce Años con las Provincias Unidas de los Países Bajos —reanudándose así la guerra de los Ochenta Años—. Esa compleja situación es la que tuvieron que afrontar el nuevo rey Felipe IV y su valido el conde-duque de Olivares.

El proyecto de Olivares: el memorial secreto de 1624 y la Unión de Armas

thumb|250px|El Conde Duque de Olivares, por Velázquez, 1632. Aparece un valido de gesto decidido en la cúspide de su poder y del de la monarquía española, con el bastón de mando militar, en un cuadro que cuelga inclinado con uno de composición simétrica del propio rey, ambos en el Museo del Prado. El proyecto de Olivares, resumido en su aforismo Multa regna, sed una lex («Muchos reinos, pero una ley»), que era sin duda la ley de Castilla, donde el poder del rey era más efectivo que en cualquier "provincia" que mantuviese sus tradicionales "libertades", implicaba modificar el modelo político de monarquía compuesta de los Austrias en el sentido de uniformizar las leyes e instituciones de sus reinos. Esta política fue plasmada en el famoso memorial secreto preparado por Olivares para Felipe IV, fechado el 25 de diciembre de 1624, cuyo párrafo clave decía:

Como este proyecto requería tiempo y las necesidades de la Hacienda eran acuciantes, el Conde-Duque presentó oficialmente en 1626 un proyecto menos ambicioso pero igualmente innovador, la Unión de Armas, según el cual todos los "Reinos, Estados y Señoríos" de la Monarquía Hispánica contribuirían en hombres y en dinero a su defensa, en proporción a su población y a su riqueza. Así la Corona de Castilla y su Imperio de las Indias aportarían 44000 soldados; el Principado de Cataluña, el Reino de Portugal y el Reino de Nápoles, 16000 cada uno; los Países Bajos del sur, 12000; el Reino de Aragón, 10000; el Ducado de Milán, 8000; y el Reino de Valencia y el Reino de Sicilia, 6000 cada uno, hasta totalizar un ejército de 140000 hombres. El conde-duque pretendía hacer frente así a las obligaciones militares que la Monarquía de la Casa de Austria había contraído. Sin embargo, el conde-duque era consciente de la dificultad del proyecto ya que tendría que conseguir la aceptación del mismo por las instituciones propias de cada Estado —singularmente de sus Cortes—, y estas eran muy celosas de sus fueros y privilegios.

Con la Unión de Armas Olivares retomaba las ideas de los arbitristas castellanos que desde principios del , cuando se hizo evidente la «decadencia» de Castilla, habían propuesto que las cargas de la Monarquía fueran compartidas por el resto de los reinos no castellanos."Cuando los castellanos se quejaban del intolerable peso que tenían que soportar, tendían a olvidar que su historia imperial no había sido exclusivamente una saga de autosacrificios. Si soportaban el peso de la Monarquía, en forma de provisión de tropas y dinero para la defensa de sus posesiones, también era cierto que habían conseguido casi el monopolio de los cargos en la Corte y en la administración imperial. Pero estos beneficios de la Monarquía, nada menospreciables, eran fácilmente pasados por alto; tan fácilmente como el hecho de que si las riquezas de las Indias habían supuesto a la larga sólo una pequeña ventaja para Castilla, sólo a Castilla podía imputársele el hecho" (Elliot, 1982, pág. 166). Unas ideas que cuando empezó la Guerra de los Treinta Años fueron también asumidas por el Consejo de Hacienda y el Consejo de Castilla. Este último en una «consulta» del 1 de febrero de 1619 afirmó que las otras "provincias", «fuera justo que se ofrecieran, y aun se les pidiera ayudaran con algún socorro, y que no cayera todo el peso y carga sobre un sujeto tan flaco y tan desuntanciado», en referencia a la Corona de Castilla. Sin embargo, la opinión que tenían los arbitristas y los consejos castellanos sobre la escasa contribución de los estados de la Corona de Aragón a los gastos de la Monarquía no se ajustaba completamente a la realidad, además de que los castellanos sobrestimaban la población y la riqueza de los reinos y estados no castellanos, una idea que también compartía el Conde-Duque de Olivares.

La oposición de Cataluña a la Unión de Armas: las Cortes inacabadas de 1626 y 1632 Mientras en la corte de Madrid la Unión de Armas fue recibida con grandes elogios —«único medio para la sustentación y restauración de la monarquía»—, en los estados no castellanos ocurrió lo contrario, conscientes de que si se aprobaba tendrían que contribuir regularmente con tropas y dinero, y de que supondría una violación de sus fueros, ya que en todos ellos, como ha señalado Elliott, «reglas muy estrictas disponían el reclutamiento y la utilización de las tropas».

Según Joseph Pérez, la oposición de los estados no castellanos a la Unión de Armas se debió, en primer lugar, a que el cambio que se proponía «era demasiado fuerte como para ser aceptado sin resistencia» por unos "reinos y señoríos que habían disfrutado desde siglo y medio de una autonomía casi total"; y, en segundo lugar, porque "el propósito de crear una nación unida y solidaria venía demasiado tarde: se proponía a las provincias no castellanas participar en una política que estaba hundiendo a Castilla cuando no se le había dado parte ni en los provechos ni en el prestigio que aquella política reportó a los castellanos, si los hubo".

Para la aprobación de la Unión de Armas el rey Felipe IV convocó Cortes del Reino de Aragón para principios de 1626, que se celebrarían en Barbastro; Cortes del Reino de Valencia, a celebrar en Monzón (Huesca), y Cortes catalanas, que se reunirían en Barcelona.Como cualquier otra institución parlamentaria del Antiguo Régimen (incluyendo la de mayor entidad competencial, como era el Parlamento de Inglaterra), las Cortes catalanas no representaban a la totalidad de la población del Principado; ni eran democráticas ni soberanas según los conceptos liberales de representación del pueblo (soberanía popular) o de la nación (soberanía nacional). Jugaban un papel importante en la elaboración de leyes, pero su poder principal residía en la negociación pactista de subsidios con su soberano, el conde de Barcelona, título que estaba unido al de rey de Aragón desde el . Después de la unión dinástica de Isabel y Fernando, ambos títulos correspondían a sus herederos, los reyes de España; era común en numismática el apelativo Rey de las Españas o de las Españas y las Indias (Hispaniarum Rex o Hispaniarum et Indiarum Rex, que aparecen en las monedas de la época), aunque la forma oficial de firmar cartas y decretos era una prolongada lista nominal de títulos de soberanía: ... Por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de León, de Aragón, de las dos Sicilias, de Jerusalén, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorca, de Menorca, de Sevilla, de Cerdeña, de Córcega, de Murcia, de Córdoba, de Jaén, del Algarve, de Algeciras, de Gibraltar, de las Islas Canarias, de las Indias Orientales y Occidentales, de las Islas y Terrafirme del Continente Oceánico, Archiduque de Austria, Duque de Borgoña, de Brabante, de Atenas y Neopatria y de Milán, Conde de Absburg, de Flandes, del Tirol y de Barcelona, Señor de Vizcaya y de Molina, etc.. Las fórmulas variaron en cada reinado o fase de éste, pero se mantuvo el orden de prelatura de los reinos (véase esta colección documental). Así pues, como todas las Cortes del Antiguo Régimen, estaban compuestas estamentalmente, mediante sistemas de representación que se limitaban a las familias más poderosas de la nobleza, al alto clero y a un número limitado de ciudades (a través de representantes del patriciado urbano de nobles y caballeros y —en el caso catalán— ciutadans honrats o alta burguesía urbana). En las del Reino de Valencia Olivares tuvo que cambiar sus planes y aceptar un subsidio, que las Cortes concedieron de mala gana, de un millón de ducados que serviría para mantener a 1000 soldados —lejos, pues, de los 6000 previstos— que se pagaría en quince plazos anuales —72 000 ducados cada año—. De las Cortes del reino de Aragón obtuvo 2000 voluntarios durante quince años, o los 144 000 ducados anuales con los que se pagaría esa cantidad de hombres —muy lejos también de la cifra de 10 000 soldados prevista por Olivares para el reino de Aragón—.

El 26 de marzo de 1626 Felipe IV hizo su entrada triunfal en Barcelona y al día siguiente juró las Constituciones catalanas. Poco después se inauguraron las cortes catalanas con la lectura de la proposición real preparada por Salvador Fontanet y que fue leída por el protonotario Jerónimo de Villanueva:

Sin embargo, estas palabras no ablandaron la oposición de los tres braços a la Unión de Armas, ni siquiera cuando Olivares propuso cambiar los soldados por un "servicio" de 250000 ducados anuales durante quince años, o por un "servicio" único de más de tres millones de ducados. Los braços estaban más interesados en que se aprobaran sus propuestas de nuevas "Constituciones" y que se atendieran los "greuges" ('quejas') contra los oficiales reales que se habían acumulado desde la celebración de las últimas cortes catalanas en 1599. Como las sesiones se alargaban sin que se llegara a tratar el tema que le había llevado allí —la Unión de Armas—, el rey Felipe IV abandonó precipitadamente Barcelona el 4 de mayo de 1626 sin clausurar las Cortes.