thumb|Señal internacional de tráfico, en el dominio público, indicando una estación de carga. EV - Electric Vehicle (Vehículo Eléctrico)
Una estación de carga o electrolinera, es un lugar que provee electricidad para la recarga rápida de las baterías de los vehículos eléctricos (VE - EV), incluyendo los vehículos híbridos enchufables, mediante procedimientos que no llevan más de diez minutos (dispensadores rápidos de electricidad o estación de recambio de baterías).
Los diseños importantes incluyen Park & Charge, N-2-S y iGSEGeS en Europa, así como Columb Technologies en América. PARVE es un diseño abierto con unidades de enchufes apto para construcción artesanal.
Hoy en día, el desarrollo de estas instalaciones está dividido en dos conceptos diferentes: los sistemas de recarga de baterías y los sistemas de cambio de batería.
Infraestructura La infraestructura de recarga es el conjunto de dispositivos físicos y lógicos, destinados a la recarga de los vehículos eléctricos que cumplan los requisitos de seguridad y disponibilidad previstos para cada caso, con capacidad para prestar servicio de recarga de forma completa e integral. Incluye las estaciones de recarga, el sistema de control, canalizaciones eléctricas, los cuadros eléctricos de mando y protección y los equipos de medida, cuando estos sean exclusivos para la recarga del vehículo eléctrico.
Los vehículos eléctricos no necesariamente necesitan infraestructura nueva: encuestas sobre los coches eléctricos en 2017 han mostrado que más de la mitad de los hogares en los Estados Unidos tienen acceso a un enchufe para cargar sus coches. Crear infraestructura nueva para cargar estos vehículos para la gente que no tiene tal acceso o quiera cargarlo en la calle, es un reto mucho menor que desarrollar un nuevo tipo de combustible.
Aunque la mayoría del manejo sucede localmente sin ningún tipo de carga rápida, los viajes largos entre ciudades siguen necesitando de una red de estaciones para extender el uso de vehículos eléctricos para recorrer medias o grandes distancias.
En algunos países se considera declarar en las leyes de energía a la red de recarga, como servicio de interés general.
Las estaciones de carga de uso público suelen ser sistemas automáticos de auto-servicio. Para pagar la energía consumida durante el proceso de carga de las baterías, se han implantado diferentes soluciones en que los usuarios se identifican mediante algún sistema que les permite el pago. En algunas ocasiones también se identifican los vehículos mediante una etiqueta RFID o NFC que lee el sistema antes de realizar el servicio. El sistema de Tesla Motors o Denzel supercargador, es gratuito para los Model S y X que tienen esta opción activa.
Sistemas de recarga de baterías thumb|right|350px|Una fotolinera es una estación de recarga apoyada por energía solar mediante paneles instalados en la cubierta. Electrolinera de California thumb|290px|Estación de carga gratuita de Tesla Motors de 120 kW de potencia que en 30 minutos aporta una autonomía de unos 450 km.http://www.teslamotors.com/supercharger thumb|right|250px|Estación de carga apoyada por energía solar mediante paneles instalados en la cubierta en Amán thumb|right|250px|Estación de carga apoyada por energía solar mediante paneles instalados en la cubierta en Río de Janeiro thumb|right|250px|Estación de carga móvil apoyada por energía solar en Francia
Son estaciones en las que el vehículo (vehículo enchufable), se conecta directamente a la red eléctrica. Si están situados en la calle, suelen estar en plazas de aparcamiento para vehículos del segmento D o familiar. Suele incluir cuadro de acometida, cuadro de mando, con sus protectores correspondientes (incluyendo toma de tierra) y línea entre el armario de acometida y los puntos de recarga.
Estos sistemas van superando problemas, como la estandarización de los mismos, ya que será necesario que los sistemas empleados por la industria sean compatibles, compatibilidad que está comenzando a converger en el sistema CCS Combo, el poder recargar con tarjeta (sistema de pago TPV), en vez de tener que usar necesariamente una aplicación (app) y el usar el protocolo abierto de comunicación OCPI y plug and play.
Servicio de interés general Uno de los principales problemas que tiene la recarga de las baterías de los vehículos eléctricos está en la disponibilidad de puntos de recarga. Por ello, se está comenzando a considerar a la red de recarga como servicio de interés general.
En los países mediterráneos, a diferencia de otros lugares, la mayoría de los vehículos están estacionados en la vía pública (solo hace falta pasear por cualquier calle de ciudad, o pueblo, y ver la dificultad que hay de encontrar aparcamiento que no sea de pago). En España algo más del 70% de los coches duermen en la calle.
Por tanto, una de las soluciones es la utilización del alumbrado público, que durante el día tiene una disponibilidad de potencia, tendido de canalizaciones, acometida y protecciones eléctricas, para colocar puntos de conexión. Existe un diseño basado en esta solución, que permite la instalación de puntos de recarga en cualquier sitio que exista alumbrado público, pudiendo colocarse varios puntos a partir de un cuadro de alumbrado o un punto de recarga a partir de un punto de luz, con una pequeña modificación en el cuadro eléctrico para que el alumbrado no este encendido y exista suministro eléctrico suficiente en el punto de carga.
Los cargadores son de carga lenta, dirigidos a los conductores que no disponen de una plaza de garaje para efectuar la recarga. Además, en España, se aprovecharía el menor precio de la electricidad por la noche, al poderse contemplar por los ayuntamientos el ofrecer puntos búho (es decir, de recarga durante toda el periodo nocturno, desde las 10 de la noche), en las zonas de la ORA, hipermercados y supermercados y otros lugares de la ciudad.
Asimismo, se debe contemplar, en la normativa urbanística, que las calles nuevas o remodeladas, antes de abrirlas a la circulación, deba haber instalados puntos de recarga activos para vehículos eléctricos.
Por otro lado, las gasolineras situadas en autopistas, autovías y carreteras nacionales, deberían de contar con la misma cantidad de puntos de recarga que de surtidores, con independencia de la cantidad de litros que vendan, ya que es un dato público, objetivo y observable.
En España, la Ley del Sector Eléctrico, se van dado pasos para ir reconociendo la red de recarga como servicio de interés general (SIG). De esta forma, las Administraciones Públicas garantizarán su continuidad, accesibilidad y el despliegue de su infraestructura, vinculando a los gestores de las redes de distribución a priorizar el acceso y conexión de estas instalaciones:
Así, dicha Ley establece que para la instalación de puntos de recarga no podrá exigirse por parte de las administraciones públicas competentes la obtención de licencia o autorización previa, que serán sustituidas por declaraciones responsables. La declaración responsable permitirá realizar la instalación del punto de recarga e iniciar el servicio de recarga energética desde el día de su presentación.
Activación como parte del SIG La declaración responsable no cubre la acometida eléctrica. Es decir, no exime de los trámites técnicos con la empresa distribuidora de energía eléctrica (para conseguir el punto de suministro o la ampliación de potencia), ni de las legalizaciones de seguridad industrial exigidas por la comunidad autónoma:
Para solucionar este problema, la normativa ha establecido plazos máximos obligatorios para que las empresas distribuidoras conecten y activen los puntos de recarga. Los plazos fijados por esta normativa para los suministros de baja tensión varían según la complejidad técnica de la conexión:
5 días: Si no es necesario realizar ninguna ampliación de los cables, ni de la red de distribución.
30 días: Si es preciso realizar una ampliación de los cables eléctricos.
60 días: Si la instalación del punto de recarga requiere la construcción de un centro de transformación.
80 días: Si es necesario levantar varios centros de transformación o en los casos de suministros de alta tensión a un solo consumidor con tensión nominal de suministro igual o inferior a 66 kV.
Con esta regulación, se ha impuesto un límite máximo de 80 días para las situaciones más complejas, buscando desbloquear las miles de estaciones de recarga que se encontraban instaladas, pero inactivas a la espera de la conexión por parte de la distribuidora:
El retraso injustificado en la tramitación de las solicitudes de acceso y conexión, así como el incumplimiento de los plazos de activación por parte de las distribuidoras, puede ser calificado de la siguiente manera según la gravedad, de acuerdo con la Ley del Sector Eléctrico:
Infracción Grave (Artículo 65): se considera infracción grave el incumplimiento injustificado de los plazos y obligaciones establecidos en relación con la conexión de las instalaciones de los consumidores o puntos de recarga, así como el entorpecimiento del derecho de acceso a las redes.
Infracción Muy Grave (Artículo 64): puede llegar a considerarse muy grave si el incumplimiento se realiza de forma reiterada, afecta de manera generalizada al despliegue de infraestructuras clave para la transición energética, o causa un perjuicio grave al sistema eléctrico.
Además, la legislación de calidad del suministro eléctrico establece que, si el retraso genera un perjuicio económico directo al promotor o usuario, este puede reclamar una indemnización por daños y perjuicios derivada del incumplimiento de los plazos reglamentarios.
Si la falta de activación de cargadores se traduce en publicidad engañosa (por ejemplo, que la empresa anuncie que un punto está operativo cuando no lo está o lo instala y no lo activa), el conductor puede denunciar ante las oficinas de Consumo.
Otras mejoras incluyen las relativas a la condición de interesado o la acción popular. Así, se reconoce la condición de interesado en los expedientes de acceso y conexión de puntos de recarga a cualquier ciudadano y a las asociaciones de usuarios de vehículos eléctricos y a las asociaciones de consumidores y usuarios legalmente constituidas. Esto incluye el derecho a consultar un registro público online, abierto, libre y gratuito, donde la distribuidora tenga que justificar por qué un punto de recarga específico no ha sido activado aún.
La acción pública es un mecanismo legal que permite a cualquier ciudadano (sin necesidad de ser el titular directo del contrato) exigir ante la Administración el cumplimiento de la ley. De esta forma, cualquier ciudadano o asociación podrá interponer denuncia ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) o la autoridad autonómica competente contra las empresas distribuidoras por el incumplimiento de los plazos de activación de la infraestructura de recarga. Si la distribuidora ha superado los plazos legales de activación sin justificación técnica, se iniciará de oficio el correspondiente expediente sancionador.
La fase técnica: seguridad y certificación Antes de que la empresa distribuidora proceda a dar tensión a la instalación, se deben superar obligatoriamente estos filtros:
El Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) Conocido comúnmente como "boletín eléctrico", es el documento oficial emitido y firmado por un instalador eléctrico autorizado. Certifica que la instalación cumple estrictamente con el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT).
El CIE es obligatorio en el 100% de las instalaciones eléctricas, haya o no inspección de la OCA, y se tramita con Memoria o con Proyecto.:
Memoria Técnica La Memoria Técnica de Diseño (MTD) es la explicación de lo que se va a hacer y el CIE (Certificado de Instalación Eléctrica) es el documento que garantiza que ya está hecho y funciona legalmente. La Memoria Técnica (MTD) se adjunta al Certificado (CIE).