La interrupción voluntaria del embarazo, o aborto inducido, en España está regulada por la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.https://www.boe.es/eli/es/lo/2023/02/28/1/con La ley de 2010 había despenalizado la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo durante las primeras 14 semanas del embarazo. Una regulación anterior -Ley Orgánica 9/1985- había despenalizado el aborto en varios supuestos.
Legislación sobre el aborto inducido en España
En España el aborto inducido referido a la interrupción voluntaria del embarazo ha sido una práctica que no siempre ha estado regulada. El Código Penal Español de 1822 en sus artículos 639 y 640 establecía penas de reclusión en distinto grado que podían alcanzar los 14 años para los profesionales que lo facilitaran y de hasta 8 años para las mujeres embarazadas que abortaran.Véase artículos 639 y 640 del Código Penal de 1822
El aborto inducido ha estado específicamente no penado durante un corto período de la Segunda República Española (1937-) y desde la aprobación de Ley Orgánica 9/1985 -ley de supuestos- y la última Ley 2/2010 -ley de plazos-, leyes que en distinto grado, han despenalizado la práctica del aborto inducido.
1936 - Segunda República Española El 25 de diciembre de 1936, en Cataluña, se legaliza el aborto libre durante las 12 primeras semanas de embarazo mediante decreto firmado por Josep Tarradellas y publicado el 9 de enero de 1937 (Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña, núm.9).Véase el texto del decreto Decreto de Regulación de la Interrupción Artificial del Embarazo , en cgtburgos; también el reportaje de José María Garat, publicó en Mundo Gráfico el 12 de mayo de 1937, descargable desde la Biblioteca Nacional de España -En Cataluña existe ya el aborto legal En la zona leal a la República durante la guerra civil española, siendo ministra de Sanidad la cenetista Federica Montseny (desde noviembre de 1936 a mediados de mayo de 1937) en el gobierno presidido por el socialista Francisco Largo Caballero se despenalizó la práctica del aborto inducido en 1937, pero su vigencia duró muy poco, pues el bando franquista la derogó.
Ley Orgánica 9/1985 En la Ley Orgánica 9/1985, aprobada el 5 de julio de 1985, se despenalizó el aborto inducido en tres supuestos: riesgo grave para la salud física o mental de la mujer embarazada (supuesto terapéutico), violación (supuesto criminológico) y malformaciones o taras, físicas o psíquicas, en el feto (supuesto eugenésico). De acuerdo con esta ley, la gestante podía interrumpir el embarazo en centros públicos o privados en las primeras 12 semanas en el caso criminológico, en las 22 primeras semanas en el eugenésico, y en cualquier momento del embarazo en el caso terapéutico.
En los supuestos segundo y tercero, se requería un informe médico que certificara el cumplimiento de las condiciones establecidas por la ley; en los casos de violación, era preciso cursar previamente la pertinente denuncia policial. En estos tres supuestos, no era punible el aborto practicado por un médico, o bajo su dirección, en un centro sanitario acreditado para hacer interrupciones voluntarias del embarazo, ya sea público o privado, con el consentimiento expreso de la mujer. En los demás casos, el Código Penal establecía diversas penas de prisión tanto para la mujer embarazada como para los facultativos que practicaran abortos no amparados por la ley.
Ley Orgánica 2/2010 El 3 de marzo de 2010 se promulgó la Ley Orgánica 2/2010 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo. Esta ley tiene como objeto garantizar los derechos en el ámbito de la salud sexual y salud reproductiva establecidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS), regular las condiciones de la interrupción voluntaria del embarazo y establecer las correspondientes obligaciones de los poderes públicos.Definición de Salud Reproductiva de la OMS, en RHO La ley entró en vigor el 5 de julio de 2010.
En su Título II, artículos 13 y 14, se concreta la despenalización de la práctica del aborto inducido durante las primeras 14 semanas del embarazo. Durante este tiempo, la mujer podrá tomar una decisión libre e informada sobre la interrupción de su embarazo. No habrá intervención de terceros en la decisión.
En su artículo 15 señala que el plazo de posibilidad de interrupción voluntaria del embarazo aumenta hasta la semana 22 en casos de «graves riesgos para la vida o la salud de la madre o el feto». A partir de la vigésima segunda semana, solo podrá interrumpirse el embarazo en dos supuestos: que «se detecten anomalías en el feto incompatibles con la vida» o que «se detecte en el feto una enfermedad extremadamente grave e incurable en el momento del diagnóstico y así lo confirme un comité clínico». En caso de riesgo para la vida o la salud de la gestante, luego de la semana 22 el equipo médico deberá inducir al parto obligatoriamente.
Artículos 13 y 14 del Título II de la Ley 2/2010
Proceso de aprobación de la ley 2/2010 En 2009 se tramitó la reforma de la ley de 1985 que regulaba la interrupción voluntaria del embarazo en tres supuestos delimitados por una nueva ley en la que se permitiría, en cualquier circunstancia, durante las 14 primeras semanas de gestación, y, hasta la semana 22, en caso de que exista grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada o riesgo de graves anomalías para el feto. En caso de que se detecten anomalías fetales incompatibles con la vida no hay límite temporal para abortar. La nueva ley permitirá también a las jóvenes de 16 y 17 abortar sin necesitar la autorización de sus padres.
Esta reforma, apoyada por el Partido Socialista Obrero Español y avalada por el Consejo de Estado, recibió críticas del Partido Popular, de la Iglesia católica y de grupos antiabortistas.
La Ley 2/2010 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo finalmente fue aprobada por 184 votos a favor, 158 en contra y una abstención. Apoyaron la ley el PSOE, partido en el Gobierno de España presidido por José Luis Rodríguez Zapatero, con la Ministra de Igualdad Bibiana Aído. Los partidos que apoyaron al Gobierno fueron el PNV, ERC, IU, ICV, BNG, NaBai y dos diputados de CiU.
El Partido Popular fue el único partido que se opuso en bloque a la aprobación de la nueva ley. También se opusieron algunos miembros de otros partidos como Coalición Canaria, UPN, UPyD y siete diputados de CiU. Fuera del parlamento, organizaciones de la sociedad civil también mostraron su rechazo: representantes de la Conferencia Episcopal Española de la Iglesia católica, asociaciones provida y el Instituto de Política Familiar (IPF). En 2008 un sondeo sobre la juventud española realizado por el Centro de Investigaciones Sociológicas por encargo del Instituto de la Juventud indicó que un 55% de los jóvenes consideraba que era únicamente la mujer la que debía decidir sobre el tema; uno de cada cuatro consideraba que la sociedad debe poner ciertos límites; mientras que un 16% se manifiestaba en contra del aborto en todos los casos.
2015 - Reforma de la ley de 2010 por el gobierno popular de Mariano Rajoy En junio de 2010, el Partido Popular presentó un recurso contra varios preceptos de la ley ante el Tribunal Constitucional.El PP llevará al Constitucional la futura ley de plazos del aborto, 12/2/2009, El PaísEl Constitucional admite el recurso del PP contra la ley del aborto, 30/6/2010, El País En el programa electoral para las elecciones generales celebradas el 20 de noviembre de 2011 el Partido Popular incluía la modificación de la ley del aborto.El PP propone cambiar la ley de aborto para volver a la píldora del día después con receta, La Vanguardia, 29/9/2011Documento del Partido Popular con el contenido programático electoral - Ver apartado La familia: primera sociedad del bienestar, pág. 5 El 9 de febrero de 2023 el tribunal desestimó el recurso.https://www.elmundo.es/espana/2023/02/09/63e4e2b0fdddff747c8b45b4.html
Alberto Ruiz Gallardón, Ministro de Justicia del gobierno del Partido Popular presidido por Mariano Rajoy anunció en su primera comparecencia parlamentaria en enero de 2012, poco después de haber tomado posesión de su cargo, su intención de reformar la Ley del Aborto aprobada por el Gobierno socialista de Rodríguez Zapatero (Gobierno Zapatero II), que era una ley de plazos como la existente en la mayoría de los países europeos pero que fue muy contestada por la Iglesia católica y por el propio Partido Popular (especialmente en el tema de que las menores entre 16 y 18 años pudieran abortar aunque no tuvieran el consentimiento de sus padres), para volver al modelo de la ley de 1985, en la que las mujeres tenían que alegar motivos para justificar su decisión. El anteproyecto de Ley de Protección de la Vida del Concebido y los Derechos de la Mujer Embarazada, entre otras cosas, también cambiarían en esta reforma legal, como el paso del método de los plazos al de los supuestos, o la necesidad de informe médico para poder interrumpir el embarazo.«Nueva Ley de aborto ¿Qué va a cambiar?», El Observador de Castilla-La Mancha, 21/12/2013. Como protesta por el proyecto de reforma el 1 de febrero de 2014 se organizó en Madrid una masiva manifestación que se denominó El tren de la Libertad.
El 23 de septiembre de 2014, el ministro de Justicia Alberto Ruiz Gallardón anuncia su dimisión como Ministro tras la retirada del proyecto de Ley del Aborto por parte del ejecutivo de Mariano Rajoy.https://politica.elpais.com/politica/2014/09/23/actualidad/1411483106_012590.html
En 2015 el PP aprobó que las menores de edad de 16 y 17 años necesitaran permiso paterno para poder abortar. Esta regulación estuvo vigente hasta marzo de 2023.
2023 - Reforma la Ley de 2010 En febrero de 2023 fue aprobada la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo que reforma la anterior eliminando la obligación de que las jóvenes de 16 y 17 años cuenten con el permiso paterno para abortar, aborda la salud menstrual, suprime los tres días "de reflexión" y estipula la creación de registros de objetores de conciencia con el objetivo de que las intervenciones sean asumidas mayoritariamente en centros de la sanidad pública.https://www.eldiario.es/sociedad/congreso-aprueba-reforma-aborto-voto-pp-vox_1_9952845.html 2023 - Sentencia del Tribunal Constitucional sobre constitucionalidad de la ley de 2010