El Reglamento electrotécnico para baja tensión de España (también conocido por sus siglas REBT) tiene por objeto establecer el marco de las condiciones técnicas y garantías que deben reunir las instalaciones eléctricas conectadas a una fuente de suministro en los límites de baja tensión, con la finalidad de preservar la seguridad de las personas y los bienes, asegurar el normal funcionamiento de dichas instalaciones y prevenir las perturbaciones en otras instalaciones y servicios, y contribuir a la fiabilidad técnica y a la eficiencia económica de las instalaciones. Las instrucciones técnicas complementarias desarrollan aspectos específicos del mismo.
Según este reglamento en España se considera baja tensión aquella que es menor o igual a 1000 voltios en corriente alterna o 1500 voltios en caso de corriente continua.
Marco legal El Reglamento actual (que sustituye al Reglamento del año 1973) fue aprobado según el Real Decreto 842/2002 del 2 de agosto de 2002 y publicado en el Boletín Oficial del Estado número 224 el 18 de septiembre de 2002.
El Real Decreto 1053/2014, de 12 de diciembre, aprueba una nueva Instrucción Técnica Complementaria (ITC), la ITC-BT-52: "Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos", y modifica otras instrucciones técnicas complementarias del REBT.
La última edición se ha modificado el 3 de septiembre de 2025. La descarga se puede realizar en la página oficial del BOE.boe.es
Estructura del reglamento El nuevo reglamento (de 2002) mantiene la estructura del antiguo (de 1973) y se compone de dos partes. La primera son 29 artículos que atienden a las cuestiones legales y administrativas de las instalaciones. La segunda parte se centra en los aspectos técnicos de las instalaciones recogidos en 52 instrucciones técnicas complementarias (ITC). Las ITC están estructuradas de forma arbórea (salvo las primeras, que son el glosario de términos, las referencias de normas UNE y los requisitos de los instaladores autorizados), siendo el tronco del árbol el origen de la instalación y las ramas cada tipo de receptor susceptible de ser conectado a la misma. Además existen una serie de ITC que dan prescripciones adicionales para usos concretos o locales con características especiales: viviendas, locales de pública concurrencia, locales húmedos y mojados, etc.
Con respecto al REBT-73, el reglamento actual corrige las siguientes deficiencias: Recoge la gestión administrativa y competencias de las autonomías (entidades que no existían en el año 1973). Se fusionan en un único documento todas las normas de obligado cumplimiento de las instalaciones de BT. Anteriormente existía el REBT-73 y la norma UNE-EN 20460 "Instalaciones eléctricas en edificios", ambas de obligado cumplimiento al ser esta última una norma armonizada y por tanto obligatoria para los Estados miembros de la Unión Europea. Se actualiza el contenido del Reglamento debido al progreso tecnológico en cuanto a instalaciones y sobre todo al aumento de los niveles de electrificación de los hogares. Para mantener actualizado el REBT-2002, en el mismo se hace referencia constante a normas UNE que son objeto de constante revisión, y si estas se renuevan son automáticamente de obligado cumplimiento. Se introduce además el concepto de "seguridad equivalente" para aquellos casos que no vienen contemplados en las normas o en el propio REBT. Un error frecuente es continuar aplicando la norma UNE 20460-5-5, de 23 de noviembre de 1994, en lugar de la versión de esta misma norma UNE pero de 2004. El error es que se sigue editando el REBT 2002 con la tabla de la norma UNE de 1994. El REBT hace referencia a esta UNE al utilizar esta tabla en su ITC-BT-19.Cables y accesorios de baja tensión, Catálogo General Pirelli, actualizado según última versión de la UNE 20460-5-523 (de 2004)
Sanciones Las infracciones a lo dispuesto en el reglamento se clasificarán y sancionarán de acuerdo con lo dispuesto en el Título V de la Ley de Industria (Ley 21/1992, de Industria).
Lista de Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC)
El Reglamento electrotécnico para baja tensión contiene las siguientes Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC):
Instrucción técnica complementaria Título ITC-BT-01 Terminología ITC-BT-02 Normas de referencia en el Reglamento electrotécnico de baja tensión ITC-BT-03 Empresas instaladoras en baja tensión ITC-BT-04 Documentación y puesta en servicio de las instalaciones ITC-BT-05 Verificaciones e inspecciones ITC-BT-06 Redes aéreas para distribución en baja tensión ITC-BT-07 Redes subterráneas para distribución en baja tensión ITC-BT-08 Sistemas de conexión del neutro y de las masas en redes de distribución de energía eléctrica ITC-BT-09 Instalaciones de alumbrado exterior ITC-BT-10 Previsión de cargas para suministros en baja tensión ITC-BT-11 Redes de distribución de energía eléctrica. Acometidas ITC-BT-12 Instalaciones de enlace. Esquemas ITC-BT-13 Instalaciones de enlace. Cajas generales de protección ITC-BT-14 Instalaciones de enlace. Línea general de alimentación ITC-BT-15 Instalaciones de enlace. Derivaciones individuales ITC-BT-16 Instalaciones de enlace. Contadores: ubicación y sistemas de instalación ITC-BT-17 Instalaciones de enlace. Dispositivos generales e individuales de mando y protección. Interruptor de control de potencia ITC-BT-18 Instalaciones de puesta a tierra ITC-BT-19 Instalaciones interiores o receptoras. Prescripciones generales ITC-BT-20 Instalaciones interiores o receptoras. Sistemas de instalación ITC-BT-21 Instalaciones interiores o receptoras. Tubos y canales protectoras ITC-BT-22 Instalaciones interiores o receptoras. Protección contra sobreintensidades ITC-BT-23 Instalaciones interiores o receptoras. Protección contra sobretensiones ITC-BT-24 Instalaciones interiores o receptoras. Protección contra los contactos directos e indirectos ITC-BT-25 Instalaciones interiores en viviendas. Número de circuitos y características ITC-BT-26 Instalaciones interiores en viviendas. Prescripciones generales de instalación ITC-BT-27 Instalaciones interiores en viviendas. Locales que contienen una bañera o ducha ITC-BT-28 Instalaciones en locales de pública concurrencia ITC-BT-29 Prescripciones particulares para las instalaciones eléctricas de los locales con riesgo de incendio o explosión ITC-BT-30 Instalaciones en locales de características especiales ITC-BT-31 Instalaciones con fines especiales. Piscinas y fuentes ITC-BT-32 Instalaciones con fines especiales. Máquinas de elevación y transporte ITC-BT-33 Instalaciones con fines especiales. Instalaciones provisionales y temporales de obras ITC-BT-34 Instalaciones con fines especiales. Ferias y stands ITC-BT-35 Instalaciones con fines especiales. Establecimientos agrícolas y hortícolas ITC-BT-36 Instalaciones a muy baja tensión ITC-BT-37 Instalaciones a tensiones especiales ITC-BT-38 Instalaciones con fines especiales. Requisitos particulares para la instalación eléctrica en quirófanos y salas de intervención ITC-BT-39 Instalaciones con fines especiales. Cercas eléctricas para ganado ITC-BT-40 Instalaciones generadoras de baja tensión ITC-BT-41 Instalaciones eléctricas en caravanas y parques de caravanas ITC-BT-42 Instalaciones eléctricas en puertos y marinas para barcos de recreo ITC-BT-43 Instalación de receptores. Prescripciones generales ITC-BT-44 Instalación de receptores. Receptores para alumbrado ITC-BT-45 Instalación de receptores. Aparatos de caldeo ITC-BT-46 Instalación de receptores. Cables y folios radiantes en viviendas ITC-BT-47 Instalación de receptores. Motores ITC-BT-48 Instalación de receptores. Transformadores y autotransformadores. Reactancias y rectificadores. Condensadores ITC-BT-49 Instalaciones eléctricas en muebles ITC-BT-50 Instalaciones eléctricas en locales que contienen radiadores para saunas ITC-BT-51 Instalaciones de sistemas de automatización, gestión técnica de la energía y seguridad para viviendas y edificios ITC-BT-52 Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos Protección eléctrica
La protección eléctrica es un aparato útil para proteger las instalaciones eléctricas cuando el funcionamiento habitual ha sido alterado o presenta fallas en la conexión, encargándose de descontinuar la energía en dichas circunstancias anormales del funcionamiento de las instalaciones. Los dispositivos pueden clasificarse según su función de protección, como contra la sobrecarga, cortocircuito, fallas de aislamiento, contactos indirectos, sobretensión, baja tensión o infratensión y descargas de alto voltaje. También se diferencian, según la tecnología de fabricación en [electromecánicos, electromagnéticos, electrónicos y fungibles (que se consumen en su uso).
Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos
El Real Decreto 1053/2014, de 12 de diciembre, aprueba una nueva Instrucción Técnica Complementaria (ITC) BT 52 "Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos", del Reglamento electrotécnico para baja tensión.
En edificios o estacionamientos de nueva construcción deberá incluirse la instalación eléctrica específica para la recarga de los vehículos eléctricos, ejecutada de acuerdo con lo establecido en la referida (ITC) BT-52, con las siguientes dotaciones mínimas: En aparcamientos o estacionamientos colectivos en edificios de régimen de propiedad horizontal, se deberá ejecutar una conducción principal por zonas comunitarias (mediante tubos, canales, bandejas, etc.), de modo que se posibilite la realización de derivaciones hasta las estaciones de recarga ubicada en las plazas de aparcamiento. de flotas privadas, cooperativas o de empresa, o los de oficinas, para su propio personal o asociados, o depósitos municipales de vehículos, las instalaciones necesarias para suministrar a una estación de recarga por cada 40 plazas. En aparcamientos o estacionamientos públicos permanentes, las instalaciones necesarias para suministrar a una estación de recarga por cada 40 plazas.
En la vía pública, deberán efectuarse las instalaciones necesarias para dar suministro a las estaciones de recarga ubicadas en las plazas destinadas a vehículos eléctricos que estén previstas en el Planes de Movilidad Sostenible supramunicipales o municipales.
Seguridad industrial del Ministerio de Industria, Energía y Turismo elaborará y mantendrá actualizada una Guía técnica, de carácter no vinculante, para la aplicación práctica de la ITC.
Hay diversa normativa técnica que suele aplicarse a la infraestructura de recarga: UNE 0048: Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos. Sistema de protección de la línea general de alimentación (SPL).Su finalidad es proteger, de acuerdo con el REBT, la línea general de alimentación contra sobrecargas. UNE 62196 Bases, clavijas, acopladores de vehículo y entradas de vehículo. Carga Conductiva de vehículos eléctricos: UNE 62196-1 'Bases, clavijas, acopladores de vehículo y entradas de vehículo. Carga Conductiva de vehículos eléctricos. Parte 1: Carga de vehículos eléctricos hasta 250 A en corriente alterna y 400 A en corriente continua. UNE 62196-2 Bases, clavijas, acopladores de vehículo y entradas de vehículo. Carga Conductiva de vehículos eléctricos. Parte 2: Compatibilidad dimensional y requisitos de intercambiabilidad para los accesorios de espigas y alvéolos en corriente alterna. UNE 61851 Sistema Conductivo de carga para vehículos eléctricos: UNE 61851 1 'Sistema Conductivo de carga para vehículos eléctricos. Parte 1: Requisitos generales'. Diciembre 2002. UNE 61851-21 'Sistema Conductivo de carga para vehículos eléctricos. Parte 21: Requisitos del vehículo eléctrico para conexión conductora en c.a./c.c.'. Diciembre 2002. UNE 61851-22 'Sistema Conductivo de carga para vehículos eléctricos. Parte 22: estación de carga en c.a. para vehículos eléctricos'. Diciembre 2002.