thumb|Estudiantes realizando la prueba de selectividad en San Sebastián en 2012 El examen de selectividad es una prueba escrita que se realiza a los estudiantes que desean acceder a ciclos o a estudios de universidad o a ciclos formativos en universidades públicas y privadas de España. Dicho examen forma parte de la Evaluación para el Acceso a la UniversidadLa Selectividad ahora se llama EBAU (que toma otros nombres dependiendo de la comunidad autónoma) en los que, además de la selectividad, computan los dos cursos de bachillerato. Adicionalmente, los alumnos de CFGS (ciclos formativos de grado superior) pueden realizar la fase específica de dichas pruebas con el fin de acceder a titulaciones con limitación de plazas.

El examen constaba, hasta su reforma en 2010, como mínimo de 20 pruebas escritas. A partir del curso 2009/2010 se estructura en dos fases, una fase general obligatoria compuesta de 4 ejercicios (5 en el caso de las comunidades autónomas en donde haya lenguas cooficiales), y una fase específica voluntaria de un máximo de 4 ejercicios (o 3 en el caso de algunas comunidades), de los cuales solo computan los dos que proporcionen mejor nota de admisión, una vez aplicadas las ponderaciones fijadas para el grado que se quiere estudiar.

El examen se realiza en la universidad a la que esté adscrito el centro de estudios donde se cursaron los estudios de secundaria, generalmente durante tres días de mediados de junio en la convocatoria ordinaria, y de septiembre o julio en algunas comunidades en la extraordinaria, a la que el alumno se podía presentar en caso de no haber superado la primera o en caso de querer subir nota. Para poder acceder a la universidad es necesario aprobar la selectividad y, en función de la nota obtenida en la EBAU, el alumno puede escoger la carrera universitaria con límite de plazas que quiera cursar en función de la nota de corte, la cual es orientativa para los estudiantes y es delimitada teniendo en cuenta la nota del último estudiante que consiguió entrar a ese grado en la primera asignación de plazas, realizada en el mes de julio. Las notas de corte no las fijan las universidades, sino que en función de la demanda de esos estudios y las calificaciones obtenidas por los estudiantes que previamente se habían preinscrito a esa carrera universitaria, estas notas pueden subir o bajar. Es decir, la nota de corte no es necesariamente la nota requerida para ingresar en los estudios seleccionados, pero es una guía para el alumnado con respecto a la demanda de estos mismos.

Orígenes La selección del alumnado universitario mediante un examen de ingreso fue una medida propugnada por Manuel Ortega Pérez y otros institucionistas, especialmente a lo largo de las dos últimas décadas del , para poder efectuar la acuciante reforma del obsoleto proceder de evaluación seguido en la enseñanza superior, así como para dotar de seriedad a los estudios universitarios y de homogeneidad a los estudiantes que accedían a las facultades.Este trabajo forma parte del proyecto de la DOES PB-96-0631-CO3-01

Siguiendo estas indicaciones, se promulgó entre 1898 y 1902 por sucesivos ministros, primero de Fomento y luego de Instrucción Pública, una serie de disposiciones encaminadas a introducir dicho examen. Este trabajo analiza la génesis de esta normativa, su puesta en práctica y su derogación, situándolas en el contexto de la reforma educativa nacida del arrebato pedagógico originado por el Desastre, así como en el de la conflictividad social y estudiantil de la España del cambio de siglo.

Introducción La estructura universitaria española, configurada por los moderados a mediados de los años cincuenta del ,PESET, Mariano; PESET, José Luis: La Universidad Española (siglos XVIII y XIX). Despotismo ilustrado y revolución liberal, Madrid 1974, págs. 429-440; y PESET, Mariano; PESET, José Luis, «Las Universidades españolas en el siglo XIX y las ciencias»: Ayer 7 (1992) 19-49/ 29-30. experimentó una progresiva esclerosis a lo largo de la Restauración.HERNÁNDEZ SANDOICA, Elena: «Cambios y resistencias al cambio en la Universidad española (1875-1931)». En: José Luis García Delgado (éd.), España entre dos siglos (1875-1931). Continuidad y cambio, Madrid 1991, págs. 3-22/pág. La normativa legal de diverso alcance promulgada desde 1875 hasta 1898, aunque cuantiosa, no varió significativamente el panorama del sistema educativo superior.Cfr.: PUELLES BENÍTEZ, Manuel de: Educación e ideología en la España contemporánea (1767-1973), Barcelona 1980, págs. 218-228; y TURIN, Ivonne: La educación y la escuela en la España de 1874 a 1902. Liberalismo y tradición, trad, de la ed. francesa [1963} por Josefa Hernández Alonso, Madrid 1967, págs 301-316. Cierto es que los períodos de presencia liberal en el ministerio de Fomento permitieron materializar algunas de las reformas educativas propugnadas por los institucionistas;Algunas de las más significativas fueron: la fundación del Museo Pedagógico (1882), la equiparación económica de los maestros y maestras (1883) y, en el terreno específicamente universitario, las reformas de los planes de estudios de Derecho (1883) y de Medicina y Farmacia (1884 y 1886). Para una relación más completa de estas reformas, cfr.: COSSÍO, Manuel Bartolomé: Una antología pedagógica, ed. de Jaume Carbonell Sebarroja, Madrid 1985, pág. 23; y JIMÉNEZ, Alberto, Historia de la Universidad Española, Madrid 1971, pág. 423. Para los planes de Medicina de 1884 y de 1886, puede consultarse: GARCÍA DEL CARRIZO, María Gloria: Historia de la Facultad de Medicina de Madrid, Madrid, tesis doctoral inédita, U.C.M, 1963, págs. 336-345. pero en 1898, a pesar de que hasta esa fecha no fueron pocos los ministros de Fomento y directores de Instrucción Pública relacionados de alguna u otra forma con la Institución Libre de Enseñanza,GÓMEZ MOLLEDA, María Dolores: Los reformadores de la España contemporánea, Madrid 1981, reimpr. de la P ed. de 1966, págs. 423-426. todavía seguían sin abordarse legislativamente gran parte de los problemas fundamentales de la Universidad. Una summa de estos problemas y sus soluciones puede verse en: GlNER DE LOS RÍOS, Francisco: «Sobre reformas en nuestras universidades» (1902). En: Francisco Giner de los Ríos, Escritos sobre la Universidad española, ed. de Teresa Rodríguez de Lecea, Madrid 1990, págs. 45-l45/págs. 91-108. Sobre estas cuestiones, también piíede verse: MAYORDOMO PÉREZ, Alejandro: Ruiz RODRIGO, Cándido: La Universidad como problema en los intelectuales regeneracionistas. Valencia 1982, págs.

La conmoción del 98 supuso, en todos los niveles de la enseñanza, el impulso para la realización de una serie de medidas largamente reclamadas.TURIN, Ivonne: «1898, El Desastre, ¿fue una llamada a la -educación'?»: Revista de Educación 23 (1975) 23-29/29. El arrebato pedagógico desencadenado por el Desastre impulsó una tarea legislativa compleja que se prolongaría durante las primeras décadas del . El comienzo de dicho esfuerzo puede dividirse en dos momentos: el primero, que se correspondió con la labor del entonces ministro de Fomento, Germán Gamazo, a lo largo de septiembre y octubre de 1898, tuvo un carácter muy precipitado y un efecto efímero; el segundo, en cambio, que se extendió de 1900 a 1902 y que abarcó la actividad de los dos primeros ministros de Instrucción Pública —García Alix y el conde de Romanones—, sentó ya las bases de algunas de las realizaciones fundamentales en el terreno educativo de las décadas siguientes.FUELLES BENÍTEZ, Manuel de: «Estudio preliminar». En: Historia de la educación en España, tomo III [De la Restauración a la II República], ed. de Manuel de Fuelles Benítez, Madrid 1989, págs.n11-44/pág. 29.

En lo referente a la enseñanza superior, una de las normativas más controvertidas durante estos dos primeros momentos, cuyo estudio puede permitirnos esclarecer algunos de los entresijos del arraigo legislativo del institucionismo a partir de la crisis del 98, fue la legislación sobre el examen de ingreso en las Facultades; la cual ha pasado hasta ahora prácticamente inadvertida en los trabajos dedicados a la historia de la educación superior durante la Restauración, incluso de las de más reciente factura.Cfr.: GÓMEZ GARCÍA, María Nieves: «La Universidad española del 98 al 23: pensamiento, legislación, prensa»: Revista de Educación, núm. Extra (1997) 115-135 Sin embargo el seguimiento de los avatares de este examen permite sacar a la luz una valiosa información sobre la forma en que incidía la opinión de los expertos en la legislación universitaria, la manera en que se producían las continuas modificaciones de la normativa educativa universitaria, su contexto y repercusión en la opinión pública, la polémica que rodeaba su aplicación y las causas que motivaban su derogación. Todo ello, además, en relación muy específica con estas dos etapas iniciales del definitivo asentamiento legislativo del institucionismo que tuvieron lugar durante el cambio de siglo, ya que la normativa sobre el examen de ingreso en la Universidad se extendió precisamente de septiembre de 1898 a abril de 1902.

Para perfilar las vicisitudes de este primer intento de selectividad universitaria, tres han sido las fuentes utilizadas en este trabajo: las consideraciones vertidas por los intelectuales sobre el examen de ingreso universitario; la legislación generada al respecto; y, por último, las reacciones de la prensa, tanto política como de distintos sectores profesionales, frente al examen.

Antes de la reforma de 2010 Asignaturas comunes Lengua castellana y literatura Lengua extranjera (la más común es el inglés, y con mucha menos frecuencia hay francés, alemán, italiano y portugués) Elegir entre historia de la filosofía e Historia de España (en Navarra, País Vasco y Cataluña se incluye la Historia de la Comunidad) Gallego, catalán, valenciano y euskera son también asignaturas comunes en Galicia, Cataluña, Islas Baleares, Comunidad Valenciana y País Vasco y Navarra, respectivamente.

Asignaturas específicas

Artes Dibujo artístico Historia del arte Elección entre: Técnicas de expresión gráfico-plásticas, Imagen, Fundamentos del Diseño o Dibujo técnico II

Letras Latín II Historia del arte Elección entre: Historia del Arte, Griego II, Literatura universal, o Historia de la filosofía

Ciencias técnicas Matemáticas II Física Elección entre: Química, Dibujo técnico II, Tecnología Industrial, Electrotecnia, Ciencias de la Tierra y del Medio Ambiente o Mecánica II

Ciencias de la salud Química Biología Elección entre: Matemáticas II, Física o Dibujo Técnico II

Doble vía: Ciencias técnicas y de la salud Matemáticas II Física Química Biología

Reforma de la selectividad en 2010 Desde el año 2009/2010 la nomenclatura acerca de PAU ha sido reformada por la nueva PAEG (Prueba Acceso a Estudios de Grado). Este cambio se debe a que ya no se estudia una licenciatura (máster universitario) sin pasar por una diplomatura (grado) primero. En el curso 2009/2010 se implantó un nuevo modelo de prueba para acceder a la universidad que consta de dos partes:

Fase General (obligatoria) Esta parte consta de cuatro ejercicios (cinco en caso de que la comunidad autónoma tenga lengua cooficial):

Lengua española y literatura. Lengua extranjera. Se podrá elegir entre alemán, francés, inglés, italiano y portugués. Historia de España o Historia de la Filosofía, a elección del alumno. Una asignatura de modalidad de segundo de Bachillerato, a elección del alumno (es indiferente si se ha cursado o no), son Matemáticas II, Matemáticas aplicadas a las ciencias sociales II, Latín II y Fundamentos del Arte. Lengua cooficial y literatura, en el caso del euskera, catalán, valenciano y gallego.