Democracia interna se refiere a la presencia de los principios del sistema democrático en el interior de las organizaciones políticas, teniendo en cuenta los factores sociales que intervienen (partidos políticos, órganos del partido, militantes y no militantes) y sus relaciones, así como el apoyo del pueblo a través del voto. Al mismo tiempo, incluye todo aquel conjunto de fundamentos jurídico-políticos, disposiciones normativas y medidas políticas tendentes a garantizar las elecciones de cargos del partido y cargos públicos, la decisión de contenido y la rendición de cuentas de manera democrática.

Para analizar la democracia interna de un partido debemos considerar al menos: La transparencia. Dejar visible, por ejemplo a través de una página web, la información sobre las actividades del partido La participación en la toma de decisiones. Permitir que los afiliados, mediante mecanismo de votación, puedan participar en las decisiones La participación en la etapa de deliberación. Permitir la participación de los afiliados en las discusiones, por ejemplo a través de foros de discusión, para plantear las propuestas. Es necesario para que la participación en la toma de decisiones sea efectiva y no se convierta en propaganda y reafirmación de decisiones previamente tomadas por los dirigentes.

Introducción La adopción de los principios de la democracia interna implica la inclusión de competencia; valores democráticos como, la libertad de expresión y de elección de sus miembros; o una voluntad partidista que permita el ejercicio de un control político. Así pues, se pueden establecer cuatro condiciones básicas y necesaria para la existencia de democracia interna:

Transparencia. Esto anterior queda plasmado en el art.7 de la Ley Orgánica 6/2002, de Partidos Políticos y, especialmente, en el artículo primero de dicha ley que establece que; "1. La estructura interna y el funcionamiento de los partidos políticos deberán ser democráticos".

Por último, hay que tener en cuenta y distinguir los términos de democracia interna y democracia interpartidaria, siendo el primero lo descrito en el párrafo anterior y los segundo, el comportamiento democrático del partido en el sistema político; y pudiendo ir ligados o no.

De acuerdo con Espejel, las investigaciones académicas en torno a la democracia interna puedes clasificarse en tres tipos: 1) estudios enfocados en el deber ser, 2) los interesados en lo que puede ser (1 y 2 constituyen los estudios jurídicos) y 3) los que ponen énfasis en lo que es la democracia interna (se trata de los estudios politológicos). En el primer caso, se trata de investigaciones que ponen su atención en las reformas estatutarias que deben realizarse en los partidos, a fin de normar a) la participación de los militantes en las decisiones, b) la protección de derechos al interior del partido, así como c) el control político del militante hacia el dirigente. En el segundo tipo de trabajos, normalmente se hace una evaluación de los estatutos partidistas, dando cuenta de qué tan democráticos son. No obstante, su limitación es no atender la realidad partidaria, cuestión que aborda el tercer tipo de trabajos.

Partidos mayoritarios de España Elección de Cargos La L.O. de Partidos Políticos establece en el Capítulo II una serie de requisitos indispensables y de obligado cumplimiento, tanto de elegibilidad como para la elección de cargos. Estos vienen detallados en los artículos: 7.3: "Los órganos directivos de los partidos se determinarán en los estatutos y deberán ser provistos mediante sufragio libre y secreto" 8.1: "Los miembros de los partidos políticos deben ser personas físicas, mayores de edad, y no tener limitada ni restringida su capacidad de obrar. Todos tendrán iguales derechos y deberes". La elección de los cargos se lleva a cabo mediante elecciones periódicas directas o indirectas, y que podemos clasificar en tres tipos: Elecciones primarias abiertas: con voto universal, libre, directo y secretos de afiliados y no afiliados. Elecciones primarias cerradas: con voto universal, libre, directo y secreto de afiliados. Elecciones indirectas: elecciones a través de , delegado elegido, con anterioridad, por los órganos del partido, afiliados, norma interna de organización, etc. Por otro lado nos encontramos los mecanismos o reglas estructurales internas de cada partido en las que se establece las formas de reparto de cargos en elecciones por listas. Así, como norma general, nos encontramos dos formas básicas de reparto: Reparto proporcional: en el que se reparten los cargos en función del número de votos, pudiendo haber o no un requisito de mínimos. Reparto de la fórmula mayoritaria pura: en el que todos los cargos son para la lista más votada.

Transparencia Interna Tanto la Constitución española como la Ley Orgánica de Partidos Políticos y la LOFAGE (Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado) establecen una serie de principios según los cuales han de regirse las administraciones públicas, pero en ninguna de ellas hay un requerimiento explícito sobre la actuación interna de los partidos, exceptuando el mencionado anteriormente que obliga a éstos a estar sometidos a los procesos democráticos, inclusive internamente.

Partido Popular (PP) derecha|260px Partido Popular Referencias estatutarias En el art. 18.b) establece como expresión de su democracia interna, la promoción de cauces para el debate en el seno del Partido. Además de garantizar la participación, en igualdad de condiciones, de todos los afiliados, como eje fundamental de vertebración del Partido.

Elección de Cargos Para la elección del candidato a las elecciones generales, tendrán derecho a hacerlo todos los militantes del Partido Popular, así como para los candidatos a Presidentes Autonómicos, Provinciales e Insulares. Todos los afiliados/as gozan de sufragio universal libre, igual y secreto. Podrán ser candidatos a Presidente Nacional o de los órganos territoriales del Partido todos los militantes que estén al corriente del pago de sus cuotas

Congresos nacionales, regionales, provinciales e insulares del partido

En los Congresos nacionales, regionales, provinciales e insulares del partido es donde culmina el procedimiento de elección del Presidente y de quienes tienen derecho a ostentar las actividades dirección con arreglo a las siguientes normas:

Los candidatos proclamados presentarán ante el pleno del Congreso correspondiente su programa y el equipo que le acompaña para cubrir los órganos de dirección. Los Congresos elegirán también, junto a los candidatos, a quienes les acompañen para ostentar las funciones de dirección, mediante el sistema de voto mayoritario a una sola vuelta, conforme a los siguientes criterios: El Congreso Nacional elegirá en una lista al Presidente y a los 35 vocales del Comité Ejecutivo Nacional, así como a 30 vocales para la Junta Directiva Nacional. Los Congresos regionales, provinciales o insulares, elegirán, respectivamente en una lista al Presidente y a los 22 vocales del Comité Ejecutivo. Los Congresos de las demás organizaciones territoriales elegirán en una lista a su Presidente y Comité Ejecutivo conforme a las normas que se contengan en el correspondiente reglamento de organización regional, provincial o insular de las que dependan. En las listas solo podrán figurar como Presidentes quienes hayan obtenido, conforme al sistema descrito, la condición de candidato ante el Congreso.

Transparencia interna El art.18.b) establece como expresión de su democracia interna, la promoción de cauces para el debate en el seno del Partido.

Partido Socialista Obrero Español (PSOE) derecha|260px Partido Socialista Obrero Español Referencias estatutarias En el artículo 3 de los Estatutos vigentes del Partido Socialista Obrero Español define la democracia interna como "forma de participación y corresponsabilidad de los y las militantes en la vida del Partido.", y por lo tanto asume que este concepto será el criterio fundamental para articular la participación de los militantes en el partido. También en este artículo se recogen derechos políticos como la libertad de expresión y la pluralidad de opiniones.

Elección de Cargos En el PSOE los militantes de base que tengan reconocidos sus derechos electorales podrán elegir delegados o algunos miembros de los órganos ejecutivos de acuerdo con los criterios, recogidos en el artículo 5 de sus Estatutos. En cualquier caso los derechos electorales de los militantes del partido podrán ser limitados por razones económicas o disciplinarias.

Elección de los Órganos Ejecutivos Para la elección de Secretario tendrán derecho a voto "todos los Delegados del Congreso del ámbito respectivo". El voto será directo y secreto. El sistema electoral será el mayoritario. Y para presentar la candidatura se deberá contar con un aval que debe contener entre el 20% y el 30% de los Delegados del respectivo Congreso.

Tras ello se procederá a la elección de la Comisión correspondiente, a propuesta del Secretario y mediante sistema mayoritario, lo que equivale a listas cerradas y bloqueadas.

La Comisión Federal se elegirá con los mismos criterios que cualquier comisión territorial. En este caso la única salvedad es que el demos de esta votación son los Partidos, Federaciones de Nacionalidad o Federaciones Exteriores quienes elegirán a un número variable de los miembros de la comisión, mediante el sistema electoral que cada Partido o Federación establezca.

Elección de Delegados, Participantes y Comités La elección de Delegados, Participantes en las conferencias y los Comités territoriales se efectuará mediante listas cerradas y bloqueadas, con voto mayoritario y dos correcciones para eliminar las candidaturas muy minoritarias.

Las condiciones de la Elección del Comité Ejecutivo Federal son idénticas que las demás, pero disminuye el grado de participación del militante respecto de la elección, ya que primero el militante elige delegado, luego el delegado elige al Secretario y el secretario mediante lista cerrada y bloqueada ofrece al Congreso Federal una candidatura para votar.

Diseño de Listas Electorales El diseño de las listas electorales a nivel estatal corresponde a la Comisión de Listas, que es un órgano formado por miembros de la Comisión Ejecutiva Federal y del Comité Federal. Este último es el órgano competente para convocar la celebración de primarias, pero la Comisión de Listas puede suspender las elecciones primarias.

Diseño de Políticas El Diseño de Políticas en el PSOE se canaliza institucionalmente mediante la estructura de organizaciones sectoriales, esta estructura es una réplica de la estructura política del partido y permite la participación directa de los afiliados en los ámbitos territoriales provinciales, insulares y municipales, y mediante delegados en los ámbitos autonómico y estatal.

Estos órganos estarán compuestos por un plenario formado por el conjunto de los afiliados, o los delegados territoriales cuando se trata de los ámbitos autonómico y estatal. Este plenario elegirá un comité coordinador y un coordinador mediante los mismos procedimientos que la elección de delegados y comités.

Mediante estos órganos se canalizan propuestas de actuación política y de diseño del programa electoral, desde los órganos inferiores hasta los superiores. La condición de delegado de una organización sectorial es una incompatibilidad con la de delegado del Congreso Federal.

Transparencia interna Respecto a la transparencia interna del partido socialista se encuentran en sus estatutos dos normas internas de actuación. En primer lugar sobre la actuación del Comité Ejecutivo Federal se establece que sus deliberaciones son reservadas, en la letra b) del artículo 49 de sus estatutos. Y en segundo lugar se prevé una auditoría económica externa al año.

Izquierda Unida (IU) derecha Izquierda Unida Referencias estatutarias